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‘Rebelión de las canas’ de nuevo le gana pulso jurídico al Gobierno Nacional

El fallo del Tribunal concluyó que las medidas restrictivas adoptadas por el Gobierno Nacional frente a los adultos mayores de 70 años en medio de la pandemia del COVID-19, son innecesarias. Por ello, ordenó suspender de manera transitoria el artículo 1 del Decreto 847 del 14 de junio de 2020, que estableció que: «El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los adultos mayores de 70 años, tres (3) veces a la semana, una (1) hora al día».

En otro aparte de la sentencia, se establece que todos los adultos mayores de 70 años, haciendo uso de su independencia y autodeterminación pueden decidir al igual que las personas entre 18 y 69 años, las veces que consideran prudente o adecuado salir a desarrollar actividades físicas y de ejercicio al aire libre.

De acuerdo con el fallo del Tribunal, la suspensión se mantendrá hasta tanto se resuelva la demanda de nulidad por inconstitucionalidad

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