El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió una acción popular que busca proteger presuntos derechos e intereses colectivos frente al traslado de la ceremonia de posesión presidencial del próximo 7 de agosto a la ciudad de Cali.
La demanda fue presentada por el ciudadano David Fernando Cano Mazuera, quien sostiene que la decisión podría comprometer principios como la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público, la transparencia, la legalidad del gasto y la seguridad, al considerar que no existe información pública suficiente sobre los costos, el soporte presupuestal, los estudios de seguridad y la logística del evento.
En el auto, el magistrado Luis Manuel Lasso Lozano explica que, debido a la cercanía de la ceremonia, era procedente relevar al demandante del requisito de presentar un reclamo previo ante las entidades demandadas, pues el plazo legal de respuesta haría imposible un control judicial oportuno antes del 7 de agosto. También lo eximió del envío simultáneo de la demanda a las entidades accionadas por la misma razón.
Con esta decisión del Tribunal de Cundinamarca ¿Se suspenderá la posesión presidencial en Cali?
No obstante, el Tribunal no suspendió la posesión presidencial. Antes de decidir sobre la medida cautelar solicitada, ordenó al Presidente del Congreso, a los ministerios de Defensa, Relaciones Exteriores y Hacienda, al Departamento Administrativo de la Presidencia, a la Unidad Nacional de Protección y a la Alcaldía de Cali remitir informes y documentos relacionados con la organización del evento.
Entre la información requerida figuran los estudios de seguridad, los planes de movilidad y gestión del riesgo, los soportes presupuestales, la logística y los costos derivados del cambio de sede. Las entidades deberán entregar la documentación a más tardar el 4 de agosto a las 5:00 de la tarde.
Además, el Tribunal vinculó al presidente electo, Abelardo De La Espriella, como tercero con interés directo dentro del proceso, al ser el principal destinatario de la decisión que eventualmente adopte la jurisdicción contencioso-administrativa.

