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Reforma política: buscan que voto sea obligatorio y transporte gratis en elecciones

Una de las discusiones más importantes que se dará al interior del Congreso de la República este año es la que pretende reformar el sistema político colombiano. El Gobierno radicó un proyecto de acto legislativo que se acumuló con otras iniciativas de origen parlamentario, y del texto final está lista ya la ponencia para primer debate en la Comisión Primera de Senado.

La iniciativa, como quedó, busca en primer lugar que “las sanciones que limiten los derechos políticos de los servidores públicos de elección popular solo puedan ser impuestas por sentencia ejecutoriada proferida por el juez competente”. Es decir, casos como el del año pasado en donde la Procuraduría suspendió al alcalde de Medellín, Daniel Quintero, por presunta participación política, no se repetirían, sino que la decisión la tomaría un juez.

En cuanto a las elecciones, el voto sería obligatorio en todo el país durante los primeros dos periodos de elección constitucional siguientes a la eventual promulgación de este acto legislativo. Por ejemplo, si entra en vigencia el 2024, las elecciones legislativas y presidenciales del 2026 tendrían esta obligatoriedad. El motivo que plantean los ponentes es “el fortalecimiento del sistema democrático a través de la cultura ciudadana de participación política y electoral”.

Tal obligación, sin embargo, no afectaría que “el Estado garantice la objeción al cumplimiento del sufragio electoral de los ciudadanos que libre y legítimamente así lo manifiesten”. Es decir, quien exprese su intención de no votar, podrá no hacerlo. Para esto, “la organización electoral definirá el mecanismo, términos y plazos que implementará la Registraduría Nacional para el registro y control de los ciudadanos que deseen abstenerse de ejercer el voto, siempre y cuando su decisión sea libremente informada, de manera previa a cada jornada electoral”.

Esta reforma constitucional también permitiría “implementar el voto electrónico para lograr agilidad y transparencia en todas las votaciones”. Dependerá e irá de la mano con la aprobación de la actualización al Código Electoral promovido por la Registraduría y que, en simultáneo, discutirán en el Congreso.

De congresistas a ministros

Se mantiene una de las apuestas del Gobierno Petro, y es la de permitir que los congresistas puedan renunciar a su curul para, ahí mismo, pasar a ser ministros de gabinete. “Las incompatibilidades de los congresistas tendrán vigencia durante el período constitucional respectivo. En caso de renuncia, se mantendrán durante el año siguiente a su aceptación, si el lapso que faltare para el vencimiento del período fuere superior, excepto para el desempeño de cargo o empleo público, caso en el cual solo deberá mediar la renuncia”, se expone la ponencia.

Listas cerradas

Aunque la idea del Gobierno era establecer de manera permanente que las listas para corporaciones públicas fueran cerradas, se acordó finalmente que “los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos integrarán de forma exclusiva listas únicas cerradas y bloqueadas durante los dos primeros periodos de elección constitucional siguientes a la promulgación del presente Acto Legislativo”. A partir del tercer periodo sería opcional.

En cuanto a la partidad de género, que las listas sean 50% hombres y 50% mujeres, se precisa que “para los efectos de la conformación de listas cerradas a las que se refiere el presente artículo, la regla de paridad de género y alternancia, se cumplirá de acuerdo al género con el que manifiesten identificarse los candidatos a inscribirse dentro de cada partido, movimiento político y grupo significativo de ciudadanos”.

El tema de la financiación estatal de las campañas es otro de los puntos clave de este texto, artículo que pretende frenar que dineros ilegales lleguen a las distintas candidaturas. “Las campañas electorales que adelanten los candidatos avalados por partidos y movimientos con Personería Jurídica o por grupos significativos de ciudadanos, serán financiadas de manera anticipada a la contienda electoral, preponderantemente con recursos estatales y aportes privados. Dichos recursos integrarán el Fondo de Financiación de Campañas y Partidos Políticos”.

En concordancia, ese mismo artículo que crea el fondo de financiación también establecería que en día de elecciones el Estado deberá garantizar que el servicio de transporte público sea gratuito en todo el territorio nacional. Esto para contrarrestar que, como es habitual en algunas zonas del país, campañas paguen los vehículos para que las personas vayan a votar.

Volviendo con el tema electoral, el tiempo para que los congresistas, concejales o diputados deban renunciar para aspirar a la Presidencia, alcaldías o gobernaciones, es de al menos seis meses antes de la correspondiente inscripción. De lo contrario, según expone el texto, quedarían inhabilitados.

También se mantiene en firme el límite a los periodos para ser congresistas. “Nadie podrá ser elegido para más de dos períodos consecutivos en cada una de las siguientes corporaciones: Senado de la República, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital o Municipal, o Junta Administradora Local”. Con esto se pretende incentivar la participación en política y tener una constante renovación de actores políticos.

De otra parte, se establece que para participar en las consultas de un partido o movimiento político o en consultas interpartidistas, los ‘precandidatos’ deberán tener al menos 6 meses como miembros de la agrupación política, y acreditar esta militancia en la correspondiente organización.

Los partidos tendrán que responder por “avalar candidatos elegidos en cargos o Corporaciones Públicas de elección popular, que hayan sido o fueren condenados, durante el ejercicio del cargo, por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico o de delitos contra los mecanismos de participación democrática o de lesa humanidad”. En el caso de vinculación a grupos armados y narcotráfico, también tendrían que responsabilizarse aún si los delitos se cometieron antes de otorgar el aval.

¿A que sanciones se someterían?

Desde multas económicas, la devolución de los recursos públicos obtenidos mediante reposición de votos y hasta la cancelación de la personería jurídica del partido. Además, se precisa que “cuando se trate de estas condenas a quienes fueron electos para cargos uninominales, el partido o movimiento que avaló al condenado no podrá presentar candidatos para las siguientes elecciones en esa circunscripción. Si faltan menos de 18 meses para las siguientes elecciones, no podrán presentar terna, caso en el cual, el nominador podrá libremente designar el reemplazo”.

Personería jurídica

Actualmente, para que un partido tenga o mantenga la personería jurídica debe superar el umbral de las votaciones en las elecciones legislativas; eso implica obtener al menos un 3% del total de votos. Con esta reforma la obtención de personería jurídica también se podría alcanzar de otra manera.

Los partidos se podrían ‘coaligar’ para alcanzar esa representatividad. El documento indica que “para las elecciones al Congreso de la República los partidos o movimientos políticos coaligados, que alcancen el umbral requerido, obtendrán el reconocimiento de una sola personería jurídica como partido o movimiento político fusionado y deberán integrar una sola bancada (con exepción del Partido Comunes)”.

A propósito de la personería, el texto en otro punto habla de que “será causal de pérdida de la Personería Jurídica de los partidos y movimientos políticos, abstenerse de utilizar algún mecanismo de democracia interna para la elección de los candidatos a cargos y corporaciones públicas de elección popular”. Un caso reciente muy sonado fue el del Nuevo Liberalismo, que pese a la intención de Rodrigo Lara de ser precandidato, el partido solo se lo permitió a Juan Manuel Galán, quien es hoy director de la colectividad.

 

 

 

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