La Administración Departamental ‘Arauca Mejor” invita a la comunidad araucana a constituir las veedurías ciudadanas para realizar control y vigilancia a la ejecución del contrato No. 641-2023, a través del cual opera el Programa de Alimentación Escolar – PAE- para las Instituciones Educativas Oficiales Priorizadas para Población Mayoritaria en el departamento de Arauca – vigencia 2024, a fin de promover el mejoramiento continuo y la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
En el año escolar 2024, se destinaron recursos por un valor de 25 mil millones de pesos para el Programa de Alimentación Escolar – Mayoritario, con el que se brindará cobertura a 27.941 estudiantes de 395 sedes educativas oficiales de todo el Departamento, de las cuales 357 son sedes rurales y 193 son instituciones con jornada extendida.
“Para el gobierno departamental es muy importante el apoyo de la ciudadanía a través de estos mecanismos de participación, por cuanto nos ayudan a ejercer control y seguimiento a la implementación del PAE en nuestros establecimientos educativos oficiales. Desde la Secretaría de Educación estaremos prestos a brindarles todo el soporte e información que les permita hacer el seguimiento al presupuesto, actividades, operador y demás detalles correspondientes a la ejecución del Programa de Alimentación Escolar”, indicó el secretario de Educación Departamental Ariel Pedraza Pinzón.
¿Qué son las veedurías?
Son un mecanismo que permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, específicamente en la ejecución de un programa, proyecto, contrato, o la prestación de un servicio público, sin embargo, a la fecha no se han conformado veedurías para el PAE.
Aquí les contamos cuál es el marco legal para la conformación de las veedurías ciudadanas –PAE:
Ley 850 de 2003: Reglamenta las veedurías ciudadanas en una institución jurídica que contempla las reglas específicas para su creación, los principios democráticos que rigen su organización interna, sus restricciones y limitaciones, así́ como las herramientas especiales para que los ciudadanos ejerzan la función de vigilancia y control.
Ley 2042 del 27 de julio de 2020: por medio de la cual se otorgan herramientas para que los padres de familia realicen un acompañamiento eficaz con el fin de cuidar los recursos del PAE.
¿Quiénes pueden constituir veedurías ciudadanas -PAE?
Por iniciativa de un número plural de ciudadanos.
Organizaciones civiles constituidas que deciden vigilar la gestión pública.
Niñas, niños, adolescentes y jóvenes titulares de derecho del PAE.
Los comités de alimentación escolar de las instituciones educativas oficiales.
Tenga en cuenta:
Deben estar constituidas legalmente ante la Personería Municipal, y /o cámaras de comercio
La Veeduría Ciudadana -PAE- se debe ejercer con respeto.
Ningún veedor tiene la autoridad para detener la entrega de alimentos o decomisar alimentos ya que esta competencia es del INVIMA, o las secretarías de salud departamental o municipales.
Cualquier inquietud adicional sobre la conformación de este mecanismo de participación puede comunicarse en el correo electrónico [email protected].