La Contraloría General de la República reveló serias irregularidades en la gestión contractual de la Empresa de Energía de Arauca (ENELAR ESP), tras evaluar una denuncia relacionada con la compra de energía eléctrica para el mercado regulado, correspondiente a la Convocatoria Pública CP-ENIC2024-01 de 2024.
De acuerdo con el órgano de control, ENELAR diseñó pliegos de condiciones y una metodología de evaluación de ofertas contraria a los principios de eficiencia, economía y selección objetiva, lo que derivó en la adjudicación de un contrato más costoso, pese a la existencia de ofertas más favorables para la empresa y los usuarios.
Mayores costos injustificados
La Contraloría estimó un daño patrimonial consolidado de $3.461 millones, correspondiente a los mayores valores pagados entre enero y mayo de 2025, producto de la compra de energía a precios superiores a los del mercado.
Adicionalmente, advirtió que, debido a la vigencia del contrato hasta el año 2034, el perjuicio económico futuro podría ascender a $24.563 millones, en la medida en que se continúen efectuando los pagos en las condiciones pactadas.

Precio por encima del mercado
Uno de los aspectos más cuestionados por la CGR fue la fijación de un precio de reserva de 450,96 pesos por kilovatio hora, cifra que supera ampliamente el precio promedio del mercado regulado nacional, que para mayo de 2024 se ubicaba en 315,12 pesos por kWh, según datos del administrador del mercado eléctrico XM.
Según la Contraloría, ENELAR no aportó estudios técnicos suficientes que justificaran esta diferencia, lo que habría favorecido indebidamente al contratista seleccionado y generado un impacto negativo en las tarifas que finalmente pagan los usuarios.

Presunto direccionamiento y restricción de la competencia
El informe señala que la metodología aplicada en la convocatoria, especialmente para el denominado producto 5, se apartó de los criterios habituales utilizados por la empresa y permitió que la oferta más costosa resultara adjudicada.
Para la CGR, este diseño atípico constituye un indicio de direccionamiento contractual en favor de la empresa ZONERGY S.A.S. E.S.P.
Asimismo, el ente de control concluyó que la metodología restringió la libre competencia, al privilegiar la cantidad de energía ofertada sobre el precio y otros factores relevantes, impidiendo que los usuarios accedieran a mejores condiciones económicas.
Traslados a Fiscalía, Procuraduría y Superintendencia de Industria y Comercio
Como resultado de la auditoría, la Contraloría mantuvo el hallazgo administrativo con incidencia disciplinaria y penal, y ordenó el traslado del expediente a la Fiscalía General de la Nación, al considerar que los hechos podrían configurar el presunto delito de peculado por apropiación en favor de terceros.
De manera paralela, el órgano de control dispuso el traslado a las autoridades disciplinarias competentes, para que se evalúe la eventual responsabilidad de los funcionarios que intervinieron en la planeación, estructuración y adjudicación del proceso contractual.
Adicionalmente, la CGR ordenó el traslado del hallazgo a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), por posibles prácticas restrictivas de la libre competencia, al concluir que la metodología de evaluación aplicada por ENELAR limitó la concurrencia de oferentes y favoreció una oferta más costosa, en detrimento del interés general y de los usuarios del servicio.
El caso deja en evidencia debilidades en la planeación y control de los procesos de compra de energía en ENELAR, con posibles consecuencias económicas de largo plazo para la empresa y los usuarios del servicio eléctrico en Arauca.

