El Consejo de Estado señala que concejales y diputados no tendrían que esperar a que culmine el periodo para el cual fueron elegidos para aspirar al Congreso. La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado levantó la reserva alrededor de un concepto allí emitido, indicando que la inhabilidad para ser congresista de quienes ejercieron funciones públicas, autoridad civil o política durante los 12 meses previos a su elección no cobija a concejales y diputados.
La Sección Quinta estableció en junio del 2016 que los alcaldes y gobernadores no podían aspirar a un cargo de elección popular cuyo periodo coincidiera con aquel para el cual fueron elegidos. A raíz de esta determinación, que impedía a los elegidos en el 2015 aspirar al Congreso en el 2018, el Ministerio de Interior preguntó si esa limitación también cobijaba a quienes ocuparan cargos colegiados.
La cartera buscaba esclarecer en qué momento debían renunciar los concejales y diputadores elegidos en el trienio 2016-2019, con el fin de no inhabilitarse para ser congresistas para el período 2018-2022