Reporte de Fallas a Enelar
Reporte de Fallas

Hazte miembro

Recibe las mejores ofertas y actualizaciones relacionadas con La Voz del Cinaruco.

― Anuncio ―

AVISO

“La lucha de la guerrilla aún tiene vigencia, por el paramilitarismo”: disidencias Farc

Primicia Caracol Radio. Sigue en desarrollo la Operación Perseo, que adelantan las fuerzas militares en el corregimiento de El Plateado, Cauca, para tomar el...
InicioNoticiasRegionalAvanza proyecto de ley para declarar el baile del joropo Patrimonio...

Avanza proyecto de ley para declarar el baile del joropo Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación

El Congreso de Colombia ha dado un importante paso hacia la preservación y exaltación de las tradiciones culturales del país. En la plenaria de la Cámara de Representantes, fue aprobado en segundo debate el proyecto de ley «Por el cual se declara Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación el baile del Joropo llanero, su género musical y se dictan otras disposiciones.»

Este proyecto de ley, cuyo propósito es reconocer y promover el Joropo llanero como una expresión cultural fundamental de los llanos colombianos, establece varias disposiciones clave:

Artículo 1: El baile del Joropo llanero es declarado Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, reconociéndose y exaltándose como danza tradicional y género musical propios de la cultura de los llanos.

Artículo 2: Se autoriza al Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Cultura y en coordinación con los departamentos de Arauca, Casanare, Meta, Vichada y Guaviare, a contribuir con la salvaguardia, preservación, fomento, promoción, protección, divulgación, desarrollo y sostenibilidad del Joropo llanero y sus valores culturales asociados, incluyendo la poesía y las artesanías.

Artículo 3: El Gobierno Nacional podrá incorporar las apropiaciones requeridas en el presupuesto General de la Nación y el Plan Nacional de Desarrollo para apoyar las disposiciones de esta ley, de acuerdo con las competencias establecidas en la Constitución Política y la legislación vigente.

Artículo 4: Las autorizaciones otorgadas al Gobierno Nacional se implementarán reasignando los recursos existentes en cada órgano ejecutor, sin aumentar el presupuesto, y conforme a las disponibilidades fiscales.

Artículo 5: El Gobierno Nacional promoverá y apoyará la obtención de recursos económicos adicionales, tanto de entidades públicas como privadas, nacionales e internacionales, para la divulgación y promoción del Joropo llanero.

Artículo 6: Se exhorta al Gobierno Nacional a incluir el Joropo llanero en la lista representativa del patrimonio cultural inmaterial (LRPCI) del ámbito nacional y a aprobar el Plan Especial de Salvaguardia (PES).

Artículo 7: Se declara el 24 de mayo como el Día Nacional del Joropo Llanero y su género musical.

Esta aprobación en segundo debate es un avance significativo en la protección y promoción de una de las manifestaciones culturales más emblemáticas de nuestra nación. Ahora pasa a Senado para seguir su trámite .

― Anuncio ―

AVISO