El contrato, por $2.410 millones, acumuló tres suspensiones y cerca de 13 prórrogas. En junio de 2024, la obra registraba un avance del 58,02 %, pese a que había transcurrido el 97,78 % del plazo contractual.
La construcción de la Concha Acústica de Cravo Norte quedó en el centro de una investigación disciplinaria luego de que la Procuraduría General de la Nación formulara pliego de cargos contra dos personas vinculadas a la ejecución y supervisión del proyecto, por presuntas irregularidades en las labores de vigilancia y control de la obra.
Los cargos fueron formulados contra Miguel Fernando Martínez Bernal, exsecretario de Planeación y Obras Públicas de la Alcaldía de Cravo Norte y supervisor del contrato de obra 093 de 2021, y Ana Clemencia Lozano Natera, representante legal de la Unión Temporal Intercravo 2021, encargada de la interventoría del proyecto.
De acuerdo con la información divulgada por el Ministerio Público el 17 de octubre de 2026, el contrato tenía un valor de $2.410 millones y un plazo inicial de ejecución de cuatro meses y medio. Sin embargo, durante su desarrollo registró tres suspensiones y alrededor de 13 prórrogas.
La Procuraduría señaló que, para junio de 2024, la obra permanecía suspendida y presentaba un avance físico del 58,02 %, aunque ya había transcurrido el 97,78 % del plazo contractual.
¿Qué encontró la Procuraduría?
Según el ente de control, Martínez Bernal habría omitido exigir al contratista el cumplimiento oportuno del objeto contractual y no habría adoptado medidas suficientes para garantizar la terminación de los trabajos.
En el caso de Lozano Natera, la investigación apunta a posibles deficiencias en las labores de interventoría, particularmente en el seguimiento técnico, administrativo y financiero de la obra.
La Procuraduría calificó provisionalmente las conductas como faltas gravísimas. En el caso del exsecretario, la conducta fue atribuida a título de culpa grave, mientras que a la representante legal de la interventoría se le señaló de presunta culpa gravísima.
El proceso disciplinario continúa
La formulación de pliego de cargos constituye una etapa del proceso disciplinario y no equivale a una sanción ni determina por sí sola la responsabilidad de los investigados. Corresponderá a las autoridades competentes avanzar en el procedimiento y establecer si hubo faltas disciplinarias.
El caso vuelve a poner la atención sobre la ejecución de una obra pública de importancia para Cravo Norte, cuyo desarrollo estuvo marcado por suspensiones, múltiples ampliaciones del plazo y un avance inferior al tiempo contractual transcurrido.

