El ministro de Justicia, Néstor Osuna, explicó los alcances del decreto que deroga el 1844 de 2018 que reglamentaba parcialmente el Código de Policía y que hacía referencia a la actuación de la Policía en el momento de registrarse una infracción a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas. El ministro señaló que el decreto, expedido el pasado 7 de diciembre, no elimina la prohibición de ningún comercio ni de tráfico de drogas.
“Este decreto no elimina la prohibición de comercio, ni de tráfico o de microtráfico, ni ningún comercio de drogas, eso sigue severamente prohibido por la ley colombiana. El decreto lo único que hace es derogar una sanción de multa que había puesto el Gobierno anterior para el porte de dosis personal. Ese gobierno había extendido una prohibición de consumo que estaba en el Código Nacional de Policía para crear esa sanción administrativa para el porte, después de eso la Corte Constitucional en varias sentencias ha mencionado que el porte no se puede sancionar administrativamente. También el Consejo de Estado revisando ese decreto que estamos derogando ahora, manifestó que no se podía utilizar la figura de una sanción con multa para el porte porque lo que está prohibido en Colombia es el comercio, el tráfico”, aseguró el ministro de Justicia.
Agregó que por esa razón: “están derogando esa norma que permitía establecer una multa para el porte de dosis personal”.
De otra parte señaló que en el 2021 se aprobó una Ley que permitir restringir el consumo en espacios públicos. “La Corte Constitucional este año se pronunció sobre esa ley y manifestó que una prohibición general de consumo en lugares públicos no cabe, pero que sí es posible que los municipios regulen y restrinjan en algunos lugares públicos, algunas circunstancias, para el consumo de drogas en lugares públicos, para eso le dio al Gobierno una orden de expedir unos protocolos que estamos elaborando”.
Insistió en que no habrá multas para el porte de dosis personal. “No va a haber mutas ni persecución policial para el porte de dosis personal”.