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Vigentes medidas transitorias en aras de preservar seguridad y orden público en Arauca

La administración municipal de Arauca recuerda a la toda la ciudadanía que a través del Decreto 053 del 23 de abril de 2019, se adoptaron medidas preventivas – transitorias, tendientes a preservar la seguridad, el orden público y la tranquilidad ciudadana en el municipio de Arauca. 

Por lo tanto, se reitera que está restringido el transporte de materiales de construcción, escombros, mudanzas, combustibles y cilindros de gas, en el horario comprendido entre las 6 de la tarde y las 6 de la mañana del día siguiente, hasta que las condiciones de orden público se normalicen y sean avaladas por el Consejo Territorial de Seguridad. Se exceptúa de esta medida, el cargue y descargue de productos cárnicos y perecederos, con destino a los centros de acopio, supermercados o plazas de mercado.

Está prohibido el transporte de parrillero masculino, en toda clase de motocicletas, a partir de las 7 de la noche por término indefinido, hasta que las condiciones de orden público se normalicen, y sean avaladas por el Consejo Territorial de Seguridad. Se exceptúa de las prohibiciones a los estudiantes masculinos de diferentes Instituciones Educativas, hasta de 17 años, debidamente uniformados y carnetizados, así como a los miembros de la Fuerza Pública y Cuerpos de Socorro. Igualmente, las personas que se movilicen en bicicleta deberán acreditar su propiedad.

Así mismo, se prohíbe sacar los residuos sólidos en todos los hogares, establecimientos comerciales, industriales y de servicio, así como instituciones públicas o privadas, en horarios y días diferentes a los establecidos para la recolección, por parte de la Empresa de Servicios públicos (Emaar).

De otro lado, y con el fin, de prevenir situaciones que alteren el orden público y la tranquilidad ciudadana, la Policía Nacional, podrá conducir momentáneamente a personas que se encuentren en lugares o sitios abiertos al público, hasta tanto se demuestre su identidad y se verifiquen sus antecedentes, según lo dispuesto en los artículos 158,159 y 160 de la Ley 1801 de 2016. Así mismo, las personas que no porten su respectivo documento de identificación, serán puestas a disposición de las autoridades competentes.

Entre tanto, está prohibido estacionar vehículos frente a los sitios y lugares aledaños a edificaciones donde funcionen entidades públicas y privadas, entidades bancarias y de interés general, a partir de las 8 de la noche por término indefinido.

La Policía Nacional, podrá disponer de vallas y demás señalizaciones, alrededor de sitios y edificaciones de interés cuando lo considere pertinente, con el objeto de garantizar la seguridad ciudadana, sin perjuicio de las restricciones para los anillos de seguridad y prohibiciones vehiculares que considere necesarios temporalmente

Las volquetas que se encuentren estacionadas en las vías o espacios públicos tanto en el casco urbano como en la zona rural del municipio, deberán permanecer con el volco levantado. Queda prohibida la circulación de vehículos con vidrios polarizados a partir de las 7 de la noche por término indefinido, hasta que las condiciones de orden público se normalicen.

Queda prohibido el tránsito de embarcaciones fluviales sobre la margen derecha del Río Arauca, a partir de las 6 de la tarde y hasta las 6 de la mañana del día siguiente, de conformidad con las normas nacionales en materia de tránsito fluvial.

A partir de la expedición del presente Decreto, los Organismos de Socorro: Defensa Civil, Cruz Roja, Bomberos, Entidades Hospitalarias y de Salud y el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres, han dado aplicabilidad a los Planes de Contingencia previstos, así como decretar u ordenar los estados de alerta o emergencia, en los niveles operativos, de conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto.

En suma, se invita a la comunidad araucana a denunciar cualquier hecho sospechoso que llegase a alterar el orden público, la convivencia y la seguridad ciudadana, a las líneas 123 y 112 de la Policía Nacional, o con el cuadrante del sector de residencia.

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