A través de la resolución 002 del MinSalud, emitida el pasado 05 de enero, se establece que en Colombia los viajeros que no presenten una prueba PCR negativa realizada 96 horas antes de su ingreso al país, igual tendrán posibilidades de entrar a territorio colombiano. «Si no cuenta con la prueba PCR, manifestar verbalmente que tuvo dificultades para tomarse la mencionada prueba en el lugar de origen o para obtener el resultado en el término exigido previo al vuelo. En estos casos una vez ingrese al país, el viajero deberá optar por realizarse la prueba PCR y guardar aislamiento preventivo hasta el momento en el que obtenga un resultado negativo para Covid-19», sostiene el documento.
O la otra opción que también incluye el texto es «hacer aislamiento preventivo obligatorio durante mínimo 14 días o durante el término que señale la autoridad sanitaria. El pasajero (con cualquiera de las dos alternativas) podrá guardar los días de cuarentena en su lugar de residencia o en un lugar de hospedaje».
De esta manera, entonces, pese al fallo del juzgado 11 administrativo de oralidad del circuito de Bogotá, que establecía la obligatoriedad de esta prueba, si el viajero argumenta y demuestra que no pudo ni podrá hacerse la prueba PCR, igual se le permitirá ingresar al país, bajo la condición de que entre en aislamiento preventivo por 14 días o más.
El lugar de dicho aislamiento, la dirección, deberá ser informada a la secretaría de Salud del territorio donde se encuentre y a Migración Colombia, para que ambas entidades ejerzan la vigilancia requerida para estos casos, que de no ser cumplidos, acarrearán sanciones de carácter jurídico o monetario.
Ahora bien, tanto el valor económico de la prueba, si decide hacérsela en Colombia, como los costos derivados del aislamiento requerido (independientemente del caso) serán asumidos en su totalidad por el ciudadano que regresa al país.