El Tribunal Administrativo de Arauca, con ponencias del Magistrado, Luis Norberto Cermeño, declaró nulo los artículos 1,4, y 5 del decreto 864 del 24 de mayo expedidos por la Gobernación de Arauca, con el cual se designó a la Asociación Regional de Municipios del Caribe -Arernca- como ejecutora de proyectos de inversión financiados con cargo a los recursos provenientes del Sistema General de Regalías.
La Sala advierte que la Asociación Regional de Municipios del Caribe, para el 24 de mayo de 2022, fecha en que se expidió el Decreto núm. 864, no contaba con el Registro de Esquemas Asociativos Territoriales, razón por la que la Gobernadora de Arauca no la podía designar como ejecutora de recursos a cargo del sistema general de regalías.
La nueva acción judicial fue interpuesta en el Tribulan Administrado de Arauca por el abogado Daniel Linares, donde solicita: “se ampare los Derechos Colectivos a la Moralidad Administrativa y el Patrimonio Público, vulnerados por las Entidades demandadas con ocasión a la designación como Ejecutor de Proyectos de inversión a la ASOCIACIÓN REGIONAL DE MUNICIPIOS DEL CARIBE –AREMCA- y, de igual forma, con los procesos de licitación que se llevan para adjudicar los contratos objeto de los proyectos”.
El abogado Daniel Alfonso Linares González presentó acción de tutela en contra de La Asociación Regional de Municipios del Caribe - AREMCA, Departamento Nacional de Planeación DNP y Departamento de Arauca, con el fin de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y la igualdad; con ocasión a la apertura y eventual adjudicación de los procesos de selección publicados bajo Régimen Especial por AREMCA con número de radicados ITS-SMC-003-2022, ITR-SMEC-009-2022, ITRSMC002, SMC-011-2022, SMC-012-2022 y SMC-013- 2022.