La Superintendencia Nacional de Salud adoptó nuevas decisiones contra la EPS Comparta, que opera en 12 departamentos del país, tras encontrar deficiencias de tipo administrativo, asistencial, financiero y jurídico en su desempeño de los últimos años. En total, son tres medidas especiales que están dirigidas a vigilar la forma en que la EPS viene realizando el giro de recursos a su red de atención, a proteger a sus más de 1.5 millones de usuarios, y a investigar la conducta particular de uno de sus exdirectivos por la presunta omisión de reportes financieros que eran de obligatorio cumplimiento.
Dos procesos a exrepresentante
Mediante la Resolución 2123 del abril 29 de 2020, y con fundamento en la Ley 1438 de 2011, la Supersalud abrió una investigación administrativa contra José Javier Cárdenas, exrepresentante legal de la EPS Comparta, por considerar que, presuntamente, no efectuó una serie de reportes de información financiera que debían hacerse en diferentes fechas de 2018.
Un segundo proceso contra Cárdenas, mediante el acto administrativo 2124 del 29 abril de 2020 se abrió por hechos similares, pero ocurridos en 2019 es decir, bajo la vigencia de la Ley 1949, por lo que, de comprobarse su responsabilidad, podría verse incurso en una sanción a título personal de entre 50 y 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, o incluso enfrentar una inhabilidad hasta por 15 años para ejercer cargos en la administración de recursos públicos del Sistema de Salud.
El exrepresentante legal de Comparta EPS cuenta con cinco días hábiles para ejercer su derecho a la defensa.
Revisión especial al giro de recursos
Por otra parte, la Superintendencia mediante Resolución 2235 del 4 de mayo de 2020, le ordenó a la EPS la cesación provisional de las acciones que ponen en riesgo los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Por ello, durante la declaratoria de emergencia sanitaria por el COVID-19, Comparta deberá remitir al Contralor designado por la Supersalud el detalle del proceso de postulación de giro directo, con la metodología de giro autorizado para la red que se efectúa a través de la Adres; así como permitir el acceso a los sistemas de información y a los expedientes contractuales.
Vencido el término de la emergencia sanitaria, se ordenará suspender el giro directo autorizado a la EPS, hasta tanto el Contralor designado certifique a la Superintendencia, de manera previa a cada proceso de postulación de giro directo, la idoneidad para su pago.
Vigilancia especial por otros seis meses
Por último, la Superintendencia prorrogó hasta el próximo 27 de octubre de 2020, la medida preventiva de vigilancia especial que rige sobre Comparta EPS, a fin de velar por la prestación de un buen servicio a los más de 1’539.000 usuarios que tiene en los departamentos de: Arauca, Atlántico, Boyacá, Cesar, Chocó, Córdoba, Magdalena, Meta, Norte de Santander, Santander, Sucre y Tolima.
Tras el seguimiento a los indicadores de la EPS, estos son algunos de los hallazgos de tipo jurídico, asistencial, financiero y de sistemas de información:
– No cuenta con una red de prestadores suficiente que garantice la prestación de los servicios de manera oportuna.
– Presuntamente, incumple con los tiempos de respuesta a las solicitudes de autorización de servicios ambulatorios.
– Durante la vigencia 2019 fue notificada de 7.653 acciones de tutela en salud, y 2.199 incidentes de desacato.
Analizadas las bases de datos del giro directo publicado por la Adres, se destacan giros por 138.119 millones de pesos (vigencia 2018) y de 149.170 millones de pesos (vigencia 2019), a los vinculados directos e indirectos de Comparta.
La EPS no cuenta con la verificación de la metodología para el cálculo de reservas técnicas, ni mantiene prácticas contables y administrativas que permitan garantizar la confiabilidad y razonabilidad de la información financiera.
La Superintendencia Nacional de Salud continuará con un estricto seguimiento a las órdenes impartidas, para que se garantice la atención a los usuarios en términos de calidad y oportunidad.