Por ahora el expresidente seguirá detenido mientras la jueza del caso resuelve si continúa o no con la diligencia judicial. Se suspendió hasta el próximo 22 de septiembre, la audiencia en la que se iba a definir la libertad del expresidente Álvaro Uribe por el proceso que se sigue en su contra por presunta manipulación de testigos y fraude procesal. La jueza 30 de control de garantías del Complejo Judicial de Paloquemao se tomará una semana para evaluar la jurisprudencia existente y evaluar si se declara competente o no para resolver la libertad del expresidente Uribe.
La discusión se debe a que Reinaldo Villalba, abogado del senador Iván Cepeda le dijo a la jueza que carecía de competencia legal para resolver la libertad de Uribe, según él, porque la investigación debe seguir bajo el marco de la ley 600 que rige para aforados, porque el proceso que proviene de la Corte Suprema no hubo un cambio de legislación, sino un cambio de investigador.
«Simplemente ha pasado de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema a la Fiscalía delegada, pero el procedimiento se mantiene porque era el vigente al momento de la comisión de los presuntos hechos que se investigan». recalcó el abogado Villalba.
El exfiscal, Eduardo Montealegre Lyneth, y el exvicefiscal Jorge Fernando Perdomo buscan acreditarse víctimas dentro del proceso contra Uribe. Ellos dos también pidieron que el proceso se mantuviera bajo la línea jurídica de la ley 600.
A su turno el coordinador de Fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia, Gabriel Ramón Jaimes, y quien tiene a cargo la investigación advierte que el juez natural para resolver la libertad del expresidente es un juez de control de garantías bajo la ley 906, que es el sistema de justicia ordinaria habida cuenta que Uribe ya no es un aforado, y los hechos investigados ocurrieron en 2018, y la ley vigente es el denominado Sistema Penal Acusatorio.
«No es correcta la interpretación de traer en sede de justicia ordinaria argumentaciones especiales de fuero en atención a la condición de senador del doctor Uribe, que estaban vigentes allí en la Sala Especial de Instrucción de la Corte, aquí estamos confundiendo las cosas y las legislaciones también», insistió el Fiscal Jaimes.
La Procuraduría y la defensa del expresidente Uribe, el abogado Jaime Granado, se opusieron a los reparos de la representación de víctimas e insistieron que el proceso debe ser sometido a la ley 906, norma que rige para la justicia ordinaria, es decir, que es un juez quien debe decidir la libertad del expresidente porque este ya no tiene fuero constitucional.