La secretaría de educación cultura deporte y recreación municipal y profesional de apoyo emitieron la resolución 1840 del 14 de octubre del 2020 por medio del cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del contagio del coronavirus covid-19 para la práctica de actividades físicas, recreativas y deportivas, y se deroga la resolución 991 de 2020. A continuación las intrucciones a seguir para poder acceder a estos espacios.
- Retomar el uso de áreas o lugares deportivos para la promoción y ejecución de eventos deportivos, recreativos, campeonatos, torneos y entrenamientos deportivos.
- Aplicar las medidas generales de bioseguridad indicadas en la resolución número 656 de 2020 por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus covid-19.
- Aplicar las medidas adicionales para la práctica de las actividades físicas, recreativas y deportivas para los deportistas entrenadores, así como también a los diferentes usuarios.
- Presentar con antelación el plan de protocolo de bioseguridad de la Alcaldía de Arauca, de la oficina de la Secretaría de Salud y de la Unidad de Deportes municipal.
- Los eventos deportivos, campeonatos, torneos y entrenamientos a realizarse en los escenarios deportivos de los barrios y veredas del municipio de arauca deberán ser autorizados por la administración municipal.
- Cumplir con los reglamentos expuestos por el área de recreación y deportes con respecto al uso y cuidado de las áreas o lugares deportivos del municipio de arauca.Las personas objeto de la presente circular deberán dar aplicación a los protocolos, procedimientos y lineamientos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio del Deporte, Inder Arauca y la administración municipal, con relación a la preparación, respuesta y atención de casos de enfermedad por el covid-19.