Según lo indica la sentencia del Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia, a cargo del juez Jaime Herrera Niño fue absuelto Santiago Uribe Vélez.
En la notificación indican que “El Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia, absolvió al ciudadano “Santiago Uribe Vélez… quien estaba siendo investigado por su presunta participación en la comisión de las conductas punibles de Homicidio Agravado… y Concierto para Delinquir Agravado”.
El fallo indica que “El efecto más importante de la presunción de inocencia se finca en que el procesado no está llamado a probar su inocencia, sino que la prueba de responsabilidad penal se concibe como una carga del Estado, de modo que a falta de la misma se debe imponer sentencia de carácter absolutorio. La imposición de sentencia condenatoria debe fundamentarse en la existencia de certeza respecto a la existencia del delito y la responsabilidad del procesado, de manera tal que, si el Estado por medio de la fiscalía no ha desvirtuado la presunción de inocencia”.
En la sentencia también indican que “más allá de toda duda razonable que ampara al procesado, éste debe ser declarado no responsable”.
Explica este documento que “Así las cosas, siendo obligación del Estado su acreditación para desvirtuar la presunción de inocencia que ampara a los procesados, deviene necesario para esta Judicatura impartir sentencia absolutoria, pues subsiste una duda insalvable que debe resolverse aplicando el principio del in dubio pro reo”.
El fallo indica que “en consecuencia, se absolverá al señor SANTIAGO URIBE VÉLEZ de los punibles de HOMICIDIO AGRAVADO y CONCIERTO PARA DELINQUIR AGRAVADO, descritos en los artículos 103, 104-7 y 340–2 del Código Penal, cargos elevados en su contra por la Fiscalía General de la Nación”.
En su momento el mayor en retiro de la Policía, Juan Carlos Meneses Quintero, sirvió como testigo contra este grupo armado ilegal e indicó que la estructura realizaba la mal llamada limpieza social contra guerrilleros, delincuentes, ladrones y quienes afectaban el orden público en esta región antioqueña.
La agrupación de “Los 12 Apóstoles” habría tenido participación de recursos económicos de ganaderos, comerciantes, trabajadores y miembros de la fuerza pública y habrían originado su actuación desde el municipio de Yarumal.
Además, a esta organización armada se le sindicó por la masacre del municipio de Campamento ocurrida en junio de 1990, en la que asesinaron a seis personas de una misma familia y en la que sobrevivieron dos menores, un niño de ocho años y un bebé recién nacido. Este ataque se señaló inicialmente al ELN.
“Los 12 Apóstoles” también habrían tenido participación en la Masacre del Aro, corregimiento del municipio de Ituango, la cual ocurrió en octubre de 1997 y en la que murieron 15 personas.
En febrero del año 2021, habían finalizado las audiencias que se adelantaron por más de 20 años contra este ganadero por su presunta responsabilidad en los crímenes que, en la década de los años 90, habría cometió esta estructura paramilitar en el Norte de Antioquia.