La jornada laboral de los colombianos ha sido tema de conversación en algunos gobiernos. Es así que para el próximo año, bajo la Ley 2101 del 2021, las empresas y demás, deberán de reducir las horas de trabajo. Esta decisión se tomó, luego de que el Ministerio del Trabajo, anunciará que, se establece una reducción gradual de la jornada laboral en Colombia de 48 a 42 horas semanales, sin afectar el salario ni los derechos de los trabajadores.
Este cambio no busca que se trabaje menos, sino mejorar las condiciones de trabajo. Además, con la reforma laboral llegaron cambios que tienen como objetivo, dignificar los derechos de los trabajadores, sin importar el sector en el que se encuentre, ya sea privado o público.
Reducción laboral Colombia 2026
Según la Ley 2101 DE 2021, se reduce la jornada laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario de los trabajadores, y a su vez, se detallan otros factores.
Esto, teniendo en cuenta que estos cambios se impartieron desde el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio del Trabajo, gremios y demás, con el objetivo de plantear alternativas que permitan el fortalecimiento de la productividad laboral y soluciones a las problemáticas estructurales del mismo.
Siendo así, esta es la reducción, teniendo en cuenta, las jornadas anteriores, además, esta implementación, ha sido gradual:
- 2023: la jornada era de 47 horas.
- 2024: la jornada era de 46 horas.
- Julio del 2025: la jornada era de 44 horas.
Por otro lado, aparte de las jornadas establecidas con anterioridad, para el 2026, la jornada será reducida a 42 horas semanales, a partir de julio.
¿Cuáles son las especificaciones?
En la misma Ley, se detalla que: la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de cuarenta y dos (42) horas a la semana, que podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre el día de descanso. Sin embargo, hay algunas excepciones:
- En las labores que sean especialmente insalubres o peligrosas, el gobierno puede ordenar la reducción de Ia jornada de trabajo de acuerdo con dictámenes.
- Los adolescentes mayores de 15 y menores de 17 años solo podrán trabajar en jornada diurna máxima de seis horas diarias y treinta horas a la semana y hasta las 6:00 de la tarde.
- Los adolescentes mayores de diecisiete (17) años, solo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias y 40 horas a la semana y hasta las 8:00 de la noche.
Por otro lado, se debe tener en cuenta que el empleador y el trabajador pueden acordar, temporal o indefinidamente, la organización de turnos de trabajo sucesivos, es decir, que se acople a la empresa o sectores que maneje o integre la misma. Todo esto, siempre y cuando el respectivo turno no exceda de seis horas al día y treinta y seis a la semana.

