Tribunal Contencioso administrativo de Arauca no encontró meritos para revocar su elección.
En decisión proferida por el Tribunal Contencioso Administrativo de Arauca, fue ratificado en su cargo el personero del municipio de Tame, Edwin Alexander Gutiérrez Trujillo, quien fuera elegido para ocupar el cargo, el pasado 10 de enero del año en curso.
El Honorable Tribunal, acogió los argumentos expuestos por su defensor, el abogado Arley Jiulliano Tovar Salazar, quien precisó que la Ley 136 de 1994 es diáfana al establecer, en primer orden, la competencia de los Concejos Municipales para elegir libremente a los personeros, y determinar los requisitos, de quienes aspiran a dicho cargo.
El jurisconsulto sostuvo, que no se encuentran, como antecedentes y obligación, hacerlo a través de un concurso de méritos, donde necesariamente sea elegido quien ocupó el primer puesto. Pues tal procedimiento, violaría la función discrecional del nominador; aun más, cuando se trata de una corporación de elección popular.
Así, el Tribunal Contencioso Administrativo, no encontró infracción a norma de carácter superior, en la elección del personero municipal de Tame, y confirmó en todas sus partes, la sentencia de primera instancia, emitida en el mismo sentido, por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Arauca.
La elección del personero de Tame, fue demandada el pasado mes de febrero de 2012, por la ciudadana Nancy Elizabeth Espinel Ortega, al manifestar que debía ser elegido quien ocupara el primer puesto dentro de la calificación hecha por la corporación pública, dentro del estudio de las hojas de vida presentadas, tesis que sin embargo, no encuentra sustento legal alguno para este tipo de cargos, conforme lo señaló el Tribunal.

