Santos sancionó la ley que entrará en rigor en 6 meses. Solo se podrá negar la persona en vida y los familiares no podrán negarse luego de la muerte. Se trata de la ley 1805 del 2016, por la que todos los colombianos serán donantes de órganos, a no ser que manifiesten lo contrario antes de morir, teniendo en cuenta la modificación a la presunción legal de donación, por la que se eliminó además la atribución que tenían los familiares para oponerse a este tema.
Para oponerse a la presunción legal de donación, los colombianos deberán expresar su voluntad de no ser donante de órganos y tejidos, mediante un documento escrito que deberá autenticarse ante Notario Público y radicarse ante el Instituto Nacional de Salud (INS).
También podrá oponerse al momento de la afiliación a la Empresa Promotora de Salud (EPS), que a su vez queda obligada a informar al INS la decisión.
Se prohíbe además la prestación de servicios de trasplante de órganos y tejidos a extranjeros no residentes en el territorio nacional, “salvo que el receptor sea cónyuge o compañero permanente, pariente en cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, del donante”.
Así mismo se establecen fuertes sanciones para el tráfico de órganos, la ley establece que quien “compre, venda o comercialice componentes anatómicos humanos, incurrirá en pena de 3 a 6 años de prisión”.
La norma entrará en vigencia en 6 meses y busca superar el déficit por lafalta de órganos en el país. Actualmente solo el 2 % de quienes esperan un órgano logran efectivamente la intervención.