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Por fiesta de Todos los Santos y difuntos cambian temporalmente circulación de vía en Arauca

Este fin de semana se acordó cambiar temporalmente la circulación de algunas vías en inmediaciones de los alrededores del Cementerio Municipal por la celebración de Todos los Santos y los difuntos.

 

En este sentido, la Alcaldía de Arauca expidió el decreto 127 de 2019, por el cual se establece temporalmente el sentido de circulación de las vías al rededor del cementerio municipal de la ciudad de Arauca y se adoptan otras disposiciones”

DECRETA:

ARTÍCULO 1: Entre los días 1 y 2 de noviembre del año en curso, establézcase el sentido de circulación para toda clase de vehículos automotores, eléctricos, de impulsión humana y de tracción animal, por las siguientes vías adyacentes al Cementerio Municipal de la Ciudad de Arauca:

  1. Calle 6 entre carreras 19 y 20, el tránsito será en SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN: ORIENTE A OCCIDENTE.
  2. Calle 12 entre carreras 20 y 19, el tránsito será en SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN: OCCIDENTE A ORIENTE.
  3. Carrera 19 entre calles 6 y calle 14, el tránsito será en SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN: SUR A NORTE.

PARRÁGRAFO: La carrera 19 conservará el sentido único de circulación de NORTE A SUR.

ARTÍCULO 2: Facúltese al Instituto de Tránsito y Transporte del Departamento de Arauca (I.T.T.D.A.R.), para instalar la respectiva señalización y demás dispositivos para la regulación del tránsito, que sean necesarias (preventivas, reglamentarias e informativas).

PARRÁGRAFO: La Policía de Tránsito y Transporte Urbano, ejercerá los controles e impondrán comparendos educativos, a partir de la fecha de expedición del presente Decreto, encaminados a sensibilizar a los usuarios de dichas vías y a los habitantes de los sectores intervenidos con esta medida temporal.

ARTÍCULO 3: El presente Decreto será dado a conocer a través de los medios de comunicación y la página WEB de la Alcaldía, para efectos de promover la difusión y conocimiento de la población araucana, acerca de las disposiciones adoptadas mediante este Acto Administrativo.

ARTÍCULO 4: El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Ver Decreto:http://www.araucaarauca.gov.co/…/DECRETO%20127%20DEL%2030%…


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