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Policía tiene facultades para establecer la legalidad de negocios. Podrán solicitar documentación de establecimientos

La Cámara de Comercio de Arauca recuerda a los comerciantes el cumplimiento de los requisitos contemplados en el artículo 87 del Código Nacional de Policía (Ley 1801 de 2016), para desarrollar cualquier actividad económica y clara que la Policía Nacional está facultada para solicitar documentación de los establecimientos comerciales.

La autoridad policial al momento de la visita a establecimiento le solicitará:

  1. Las normas referentes al uso del suelo, destinación o finalidad para la que fue construida la edificación y su ubicación.
  2. Mantener vigente la matrícula mercantil de la Cámara de Comercio de la respectiva jurisdicción donde se desarrolle la actividad.
  3. La comunicación de la apertura del establecimiento, al comandante de estación o subestación de Policía del lugar donde funciona el mismo, por el medio más expedito o idóneo, que para tal efecto establezca la Policía Nacional.
  4. Para la comercialización de equipos terminales móviles se deberá contar con el permiso o autorización expedido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado.

Durante la ejecución de la actividad económica deberá cumplirse con los siguientes requisitos:

  1. Las normas referentes a los niveles de intensidad auditiva.
  2. Cumplir con los horarios establecidos para la actividad económica desarrollada.
  3. Las condiciones de seguridad, sanitarias y ambientales determinadas en el régimen de Policía.
  4. El objeto registrado en la matrícula mercantil y no desarrollar otra actividad diferente.
  5. Para aquellos establecimientos donde se ejecuten públicamente obras musicales causantes de pago, protegidas por las disposiciones legales vigentes sobre derechos de autor, mantener y presentar el comprobante de pago al día.
  6. Para ofrecer los servicios de alojamiento al público u hospitalidad, se debe contar con el registro nacional de turismo.

Adicionalmente la Cámara de Comercio invita a toda persona natural que inicie actividad económica después del 30 de enero del año 2017, a registrarse en el link https://www.policia.gov.co/codigo-nacional-policia/comunicación-apertura-establecimientos, antes de iniciar funcionamiento, so pena de la aplicación de una medida correctiva de curso pedagógico

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