En diálogo con Caracol Radio, Helber Leonardo Casas, profesional de asuntos ambientales en el grupo de sostenibilidad y sectores productivos del ministerio de ambiente, se refirió a la nueva ley de regulación de plástico de un solo uso, que entra en vigencia a partir de este domingo 07 de julio.
La medida que busca la reducción gradual de los productos plásticos de un solo uso, aplica para 8 productos, entre los cuales están:
- Las bolsas de punto de pago, que se utilizan para embalar o empacar en los supermercados
- También aquellas bolsas para envolver periódicos, revistas o facturas.
- De igual forma, las bolsas que se usan en las lavanderías para cuidar las prendas.
- Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales, como los que se utilizan para empacar frutas y verduras en los supermercados.
- Mezcladores y pitillos para bebidas
- Soportes plásticos para las bombas de inflar
- Soporte plástico para los copitos de algodón. En este aspecto hay algunas excepciones, pues aquellos que sean de uso médico podrán utilizarse hasta que se agoten.
Por esto, ahora los colombianos deben adaptarse a utilizar productos reutilizables, y para el caso de las empresas que manejan productos plásticos, ahora van a empezar a sacar elementos que están hechos de material 100% reciclable, como bolsas compostables y biodegradables, para mantenerse en el mercado del país.
¿Cuál es el riesgo de utilizar bolsas plásticas?
Es grave porque se está contaminando mucho con plástico y, en especial, con el de un solo uso se están generando en el océano islas completas de solo plástico y son productos que no son necesarios.
Adicionalmente, es grave porque no tenemos la cultura del reciclaje, entonces mucho material que se puede volver a aprovechar se va a la caneca terminando en el relleno sanitario o en ecosistemas naturales que contaminan y dañan la biodiversidad.
¿Qué productos se van a prohibir a futuro?
Para el 2030 van a entrar otros 8 productos que van a dejar de utilizarse los cuales son:
- Recipientes y bolsas para contener líquidos, que no estén preenvasados
- Confeti, manteles y serpentinas.
- Recipientes o envases para llevar alimentos sólidos
- Láminas para servir, empacar o envolver
- Los mangos para hilo dental.
- Empaques para la comercialización final de frutas y verduras.
- Adhesivos o etiquetas de frutas y verduras.
Por otro lado, el Ministerio de Ambiente adelanta una campaña relacionada con la ley que entra en vigencia. Se trata de “plásticos por la vida”, y está enfocada en los 8 productos que se prohíben a partir del 7 de julio.
Adicionalmente, avanzan planes de reconversión laboral con los empresarios que manejan plásticos para que se adapten y disminuyan el uso de estos productos en el mercado, y a su vez buscar sustitutos para que se puedan seguir vendiendo elementos hechos de material compostable, biodegradable y que están hechos 100% de material reciclado.