En primer lugar, es de importancia recordar que la alcaldía de Arauca emanó el Decreto 027 del 12 de abril de 2018, por medio del cual, se reglamenta la publicidad política exterior para los comicios presidenciales a celebrarse el próximo domingo 27 de mayo. A la fecha, como ente regulador la administración municipal no ha recibido solicitud de permiso por parte de ningún partido o movimiento; por el contrario, la comunidad ya ha presentado dos quejas por trámite y difusión indebida.
Por tanto, como es su deber el gobierno local por medio de la Oficina Asesora de Planeación, ha regulado de manera constante los eventos públicos y políticos, en la capital araucana de acuerdo a sus facultades municipales.
“Por medio del decreto regulamos y posterior a ello se llenan unos requisitos para el pago de la liquidación de los mismos y, se da el permiso para que ellos pongan la publicidad política, que a la fecha no lo han venido haciendo, y en este caso que se acercan las elecciones presidenciales”, afirmó Leonardo Mora, jefe de la dependencia en mención”.
En concreto, en ningún caso deberán ubicarse vallas políticas en:
- Los lugares históricos, edificios o sedes de Entidades Públicas del orden Nacional, Departamental o Municipal (gobernación, alcaldía, etc.), templos, hospitales, puestos de salud y edificaciones de consideración arquitectónica.
- Las áreas requeridas para la circulación peatonal, vehicular y la recreación pública, los separadores, los andenes, glorietas, parques, plazas, zonas verdes, antejardines y similares; las zonas comunales, las áreas privadas destinadas a la recreación y circulación que sean visibles desde la vía pública, las zonas de conservación urbanística, histórica y en general, en todas las zonas de uso o disfrute colectivo.
- Las zonas que a juicio de Corporinoquia y de la Oficina Asesora de Planeación Municipal de Arauca, sean declaradas de reserva y control ambiental.
Así mismo, los Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, los Movimientos Sociales y Grupos Significativos de Ciudadanos en las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República, harán la solicitud por escrito a la OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL, para la instalación de vallas políticas, que deberá contener:
- Identificación y nombre del Candidato, Partido o movimiento político, grupo social y de ciudadanos, conforme a las disposiciones legales que rigen la materia en cuanto a reconocimiento y representación legal.
- El sitio donde se instalará la valla política y texto del mensaje que se desea publicar.
- Autorización de CORPORINOQUIA donde conste que dicha valla no afecta el medio ambiente, se encuentra en zona de reserva y control ambiental o implica contaminación visual.
- Antes de ser entregada la autorización, se deberá presentar el recibo de pago de Tesorería Municipal, como requisito previo para su instalación.