Hazte miembro

Recibe las mejores ofertas y actualizaciones relacionadas con La Voz del Cinaruco.

― Anuncio ―

InicioNoticiasOperadores de Libranza deben renovar su registro para seguir gozando de sus...

Operadores de Libranza deben renovar su registro para seguir gozando de sus beneficios

Las Cámaras de Comercio, de conformidad con lo establecido en el artículo 143 de la Ley 1753 de 2015, son las encargadas de administrar el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranzas – RUNEOL, un registro virtual que tiene como objeto dar publicidad a las entidades operadoras de libranza y descuento directo que trata el artículo 2 de la ley 1902 de 2018 por el cual se modifica el literal c) del artículo 2 de la ley 1527 de 2012.

La presidente ejecutiva de la Cámara de Comercio de Arauca, Gisela Garcés Valdés, sostuvo que el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o Descuento Directo, tendrá una vigencia anual y deberá renovarse dentro del período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, sin importar cuál hubiere sido la fecha de la inscripción inicial o renovación por parte del operador de libranzas o descuento directo.

Con el cumplimiento de dicho requisito, se busca conocer por parte de la empresa, si la entidad con la que pretende adquirir productos y servicios financieros o bienes y servicios, se encuentra inscrita como entidad operadora de libranza o descuento directo que ha obtenido el código único de reconocimiento.

Si el interesado no solicita la renovación del RUNEOL o Descuento Directo, dentro del término establecido, éste se cancelará automáticamente y cesarán sus efectos.

Todo trámite que se pretenda realizar en el RUNEOL será exclusivamente de forma virtual,  no es procedente la expedición de certificación alguna. La verificación de vigencia de este Registro se realiza ingresando a la página http://runeol.rues.org.co/Runeol/, en la sección de “Inicie aquí su consulta” donde deberá digitar el número de NIT sin el dígito de verificación.

― Anuncio ―