Exitoso resultó el conversatorio adelantado en la Cámara de Comercio, con la Directora de Gestión Jurídica del nivel central de la DIAN, Dalila Astrid Hernández, el abogado Alfredo Ramírez Castañeda, el acompañamiento del director seccional de la DIAN, José Rogelio Eslava.
Junto a la Presidenta ejecutiva de la entidad cameral, Gisela Garcés Valdés, se dieron cita un gran número de comerciantes y contadores públicos, para conocer los aspectos más importante del Decreto 1818 de 2015 “Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias para estimular la actividad económica y conjurar la crisis económica, humanitaria y social en los municipios señalados en el artículo 10 del Decreto 1770 del 7 de septiembre de 2015”.
El mayor número de interrogantes giró en torno a los productos que se encuentran contemplados en el mencionado Decreto y que son objeto de exención del IVA; ante lo cual la Directora de Gestión Jurídica de la DIAN, aclaró que si bien se detallan los artículos cobijados con la medida, no se trata de una lista taxativa, sino de una lista enumerativa y por tanto debe establecer el alcance de los mismos.
Así mismo, se dieron a conocer la no aplicación de la exención del impuesto en algunos almacenes, el aumento de los productos luego de la expedición del Decreto de emergencia y se solicitó acompañamiento por parte de la Unidad de Fiscalización de la Dian y de las instancias competentes para el control del alza en los mismos.
Se estableció como compromisos por parte de los funcionarios del alto nivel de la DIAN, hacer claridad frente al manejo de la facturación, como quiera que existe la diferencia entre las que se emiten de forma electrónica para diferentes productos (gravados y exentos) y las manuales que si permiten la discriminación, además hacer claridad frente a la forma como deben reflejar el impuesto contablemente.
Igualmente, la alta funcionaria indicó que socializará el Decreto 1818 con la Asociación Nacional de Industriales –ANDI- y la Federación Nacional de Comerciantes -Fenalco-, para que se dé estricto cumplimiento a la medida de emergencia económica para regiones de frontera.

