Los magistrados de la sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá negaron la solicitud de libertad hecha por los postulados Wilmer Mórelo Castro, José Manuel Hernández Calderas y José Rubén Peña Tobón, exmiembros del bloque Vencedores de Arauca, de las AUC.
La determinación de los jueces radica en que la pena alternativa de los postulados está sometida a los parámetros de la ley 975 de 2005, la cual habla de ocho años de prisión en establecimiento penitenciario y carcelario, la cual no se ha cumplido.
El monto de la pena se debe contabilizar y ejecutar desde la fecha de postulación por parte del Gobierno Nacional y de acuerdo con las normas que sobre justicia transicional y otras normas existen. En este caso, los exparamilitares fueron postulados en el año 2007, por lo que no se ha cumplido el término legal. La defensa interpuso el recurso de apelación ante la Corte Suprema de Justicia.