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Municipios productores tienen prioridad en la contratación de mano de obra para proyectos de hidrocarburos

El Decreto 1668 de 2016 modificó la reglamentación laboral para fortalecer la vinculación de trabajadores residentes en las zonas donde se desarrollan actividades de exploración y producción de hidrocarburos.

Los habitantes de los municipios donde se desarrollan actividades de exploración y producción de hidrocarburos tendrán prioridad en las oportunidades laborales generadas por este sector, de acuerdo con las nuevas disposiciones incorporadas al Decreto 1072 de 2015.

La medida busca fortalecer la vinculación de trabajadores residentes en las zonas donde operan las empresas petroleras y sus contratistas, mediante porcentajes específicos y un mecanismo de búsqueda que comienza en el territorio donde se desarrolla cada operación.

100 % para cargos no calificados

Uno de los principales aspectos de la regulación establece que la totalidad de la mano de obra no calificada contratada deberá ser, en principio, residente del área de influencia.

Para los cargos que requieren formación técnica, tecnológica o profesional, el porcentaje será de por lo menos 30 % de trabajadores residentes, siempre que existan candidatos locales que cumplan las condiciones exigidas para ocupar las vacantes.

Estos porcentajes aplican a los empleadores que vinculen personal para actividades relacionadas con contratos celebrados con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) o contratos de asociación suscritos con Ecopetrol S.A.

La búsqueda de trabajadores comienza en el territorio

La reglamentación establece una ruta de priorización para la gestión de las vacantes.

Primero deberán buscarse candidatos en el municipio o municipios que conforman el área de influencia. Si no existen personas que cumplan el perfil requerido, el proceso podrá extenderse a localidades vecinas, luego a otros municipios del departamento y, finalmente, al ámbito nacional.

El paso de un nivel al siguiente deberá estar respaldado por la certificación de los prestadores del Servicio Público de Empleo sobre la ausencia de candidatos disponibles que cumplan los requisitos.

La residencia deberá acreditarse

Para efectos de la contratación, se considerará trabajador local a quien acredite su residencia mediante el certificado expedido por la alcaldía municipal, conforme a las disposiciones legales vigentes.

La medida busca establecer un criterio verificable para determinar quiénes pueden acceder a la prioridad territorial.

Empresas deberán reportar las vinculaciones

Los empleadores tendrán que registrar las vacantes ante los prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo con competencia en el municipio correspondiente.

Cada oferta deberá permanecer publicada durante al menos tres días hábiles. Además, las empresas deberán informar los resultados del proceso de selección y las razones por las cuales determinados candidatos no fueron escogidos.

Las compañías operadoras también deberán incluir en los contratos con terceros disposiciones que garanticen la gestión de las vacantes mediante el Servicio Público de Empleo y el cumplimiento de las reglas sobre participación laboral de residentes.

Seguimiento a la contratación

Las empresas operadoras tendrán que hacer seguimiento a la vinculación realizada por sus contratistas y presentar informes semestrales sobre la nómina vinculada y la cantidad de trabajadores locales contratados en cargos calificados y no calificados.

El Ministerio del Trabajo será el encargado de ejercer las labores de inspección, vigilancia y control, con especial atención al cumplimiento de las disposiciones establecidas.

Para las operaciones que comiencen después de la entrada en vigencia de las medidas, el cálculo se realizará con base en el personal que se proyecte contratar. En aquellas que ya estén en marcha, el cumplimiento se alcanzará progresivamente con las nuevas vinculaciones.

La reglamentación establece así un procedimiento verificable para ampliar el acceso de los habitantes de las zonas productoras a los empleos generados por esta actividad, con participación del Servicio Público de Empleo y vigilancia de las autoridades laborales.

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