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Municipio de Arauca con Secretaría de Movilidad y Transporte

“Esta era una de las necesidades que tenía el municipio y la comunidad araucana, de contar con una Secretaría de Tránsito y Movilidad, siendo Arauca una de las ciudades capitales en el país que adolecía de este requisito de contar con esta dependencia en la administración local”, destacó el burgomaestre, Benjamín Socadagüí Cermeño.

 

Fue a través de la Resolución 0006413 del 18 de diciembre de 2019, que el Ministerio de Transporte clasifica la Secretaría de Movilidad y Transporte del Municipio de Arauca, en la categoría A, con NIT 800.102.504-0 y con el Código 81001 para efectos de su parametrización en el Registro Único Nacional del Tránsito – RUNT.

El mandatario de los araucanos aseguró que ha sido un logro obtener esta resolución, siendo un compromiso de campaña que cumple antes de finalizar su administración, le corresponderá a la nueva administración implementar esta Secretaría de Movilidad y Tránsito, teniendo en cuenta que fue avalada con la reestructuración de la administración y contó además con el aval del concejo municipal que la facultó mediante el Acuerdo 200.02.024 del 30 de noviembre de 2018.

La clasificación y posterior creación de la secretaría, ha sido un logro del alcalde Benjamín Socadagüí Cermeño, al cumplir con lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución 3846 de 1993 en donde se establece que el puntaje mínimo para clasificar un organismo de tránsito en la categoría “A”, es de 350 puntos, y el puntaje obtenido por la Secretaría de Movilidad y Transporte del municipio de Arauca es de 440.

Es así, como de acuerdo a la Resolución 0006413 y su artículo 5, la secretaría en mención deberá iniciar operaciones durante los siguientes 30 días, contados a partir de la firma de la misma.

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