El Ministerio de Transporte emitió la resolución 20243040038565, que regula la homologación de triciclos y tricimóviles no motorizados y con pedaleo asistido para prestar servicio público de pasajeros. Esta medida define las especificaciones técnicas, de seguridad y protección que deben cumplir estos vehículos, en el marco de los compromisos del Plan Nacional de Desarrollo orientados a promover una movilidad eléctrica y sostenible.
La reglamentación ofrece a las autoridades locales una herramienta para analizar la viabilidad de este servicio en sus jurisdicciones y atiende las demandas del sector que opera estos vehículos. Los interesados en realizar la homologación deberán seguir un proceso virtual a través del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), presentando la documentación requerida.
Los triciclos y tricimóviles no motorizados deben tener tres ruedas, un ancho máximo de 1,20 metros, ser accionados por pedales y estar diseñados para transportar hasta tres pasajeros, incluido el conductor. En cuanto a los tricimóviles con pedaleo asistido, deberán contar con un motor eléctrico auxiliar de hasta 0,50 kW, que apoye el esfuerzo del conductor pero cuya potencia disminuya conforme el vehículo acelera.
Con esta resolución, el Gobierno Nacional busca fomentar un transporte público más amigable con el medio ambiente y ofrecer una alternativa sostenible para la movilidad urbana.