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Mintransporte aclara que fallo de la Corte no afecta proyectos ni facultades del Invir

Tras la decisión de la Corte Constitucional que declaró inexequibles varias disposiciones del Decreto Ley 1961 de 2023, el Ministerio de Transporte aclaró que la sentencia no afecta la existencia del Instituto Nacional de Vías Regionales (Invir) ni sus proyectos en curso. La Corte eliminó las normas que permitían la contratación directa “sin límites de cuantía” con comunidades rurales, pero el Ministerio precisó que las facultades de contratación directa con organizaciones sociales se mantienen vigentes bajo otras normativas.

El Ministerio subrayó que las facultades de contratar directamente con Juntas de Acción Comunal y comunidades indígenas y afrodescendientes no dependen de las disposiciones ahora eliminadas, sino que están respaldadas por leyes como la Ley 2160 de 2021 y la Ley 2166 de 2021, que siguen plenamente vigentes. Estas leyes permiten la contratación directa con dichas organizaciones, bajo condiciones reguladas para proyectos de infraestructura y fortalecimiento comunitario.

En cuanto a los proyectos de infraestructura, el Ministerio señaló que la decisión de la Corte no compromete los avances en la ejecución de programas como Caminos Comunitarios de la Paz Tota, a través del cual ya se han firmado más de 1.000 convenios en 2024, con una inversión de $469.648 millones para mejorar 1.585 kilómetros de vías terciarias en 29 departamentos.

El Ministerio reafirmó su compromiso de continuar la contratación directa con organizaciones sociales dentro del marco normativo vigente, garantizando la transparencia y el cumplimiento de los principios de contratación estatal. La ejecución de los recursos públicos seguirá enfocada en impulsar el desarrollo de las vías regionales, con estricta sujeción a las disposiciones legales aplicables.

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