Entre las medidas adoptadas por el gobierno municipal para garantizar la seguridad de los araucanos y reducir el índice de accidentalidad durante la temporada decembrina, se destaca la prohibición del comercio, posesión y uso de toda clase de pólvora, así como la circulación de motocicletas en las noches del 24 y 31 de diciembre, a partir de las 22 horas.
Las medidas correspondientes que fijan disposiciones generales en materia preventiva para la seguridad de la gente se encuentran vigentes en el decreto 146 del 11 de diciembre de 2008.
El decreto en mención otorga a los establecimientos nocturnos de diversión ampliación en el horario de atención al público hasta las cinco de la mañana del 25 de diciembre y hasta la misma hora el 1º. de Enero.