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Los casos que se podrá contratar por prestación de servicios por más de 4 meses

En una nueva circular el gobierno nacional abrió la puerta a hacer adiciones a los contratos de prestación de servicios luego de cuatro meses, esto después de que el Ministerio de Trabajo asegurara que era un plazo imposible de ejecutar. El documento el gobierno aclara que estos contratos se pueden suscribir cuando se necesite contar con “una experticia o conocimiento especializado con el que no se cuente en la planta de personal”.

Además, podrá hacerse cuando el contratista sea una mujer en estado de gestación, en licencia de maternidad o que tengas limitaciones de salud, esto según el gobierno “en aras de garantizar la estabilidad ocupacional”. 

También se explica que cuando el contrato deba hacerse por mas de 4 meses deberán expresarse las razones por las que se optó por un plazo mayor de ejecución y los motivos por los que es conveniente proveer tal necesidad. 

Sobre la contratación se aclara que ninguna entidad podrá celebrar contratos por prestación con personas que ya tengan contratos con otras entidades publicas que pertenezcan a otra rama y orden. 

Además, el documento señala que en el caso de suscribir contratos de prestación de servicios por más del tiempo especificado debe tener una justificación completa por la que se toma la decisión y por qué esa función no puede ser cumplida por la planta permanente.

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