Reporte de Fallas a Enelar
Reporte de Fallas

Hazte miembro

Recibe las mejores ofertas y actualizaciones relacionadas con La Voz del Cinaruco.

― Anuncio ―

AVISO
InicioNoticiasLo que usted debe saber sobre el nuevo Código de Policía

Lo que usted debe saber sobre el nuevo Código de Policía

Contempla fuertes multas, aunque los ciudadanos aún no tienen claro quien la impone y dónde se pagan. El nuevo Código de Policía comienza a regir este lunes 30 de enero. La Ley 1801 sancionada por el presidente Juan Manuel Santos y presentada por el Ministerio de Defensa en el 2014 busca mejorar la convivencia ciudadana, reducir las riñas entre vecinos, el robo de celulares, la invasión del espacio público y los índices de pandillismo.

La Policía con este nuevo Código podrá imponer multas monetarias a quien incumpla las normas, por valores que van desde los $98.000 hasta los $786.880, teniendo en cuenta el salario mínimo diario legal vigente (SMDLV).

El propósito de la implementación del nuevo Código de Policía es cambiar la cultura ciudadana y proteger los derechos y deberes colectivos de la ciudadanía. Dentro de las acciones que sanciona el nuevo Código de Policía se encuentran varias que normalmente no se regulaban en la vida cotidiana pero ahora estarán prohibidas para incentivar una mejor cultura ciudadana.

Multa General tipo 1: 4 SMDLV $98.360

  • Arrojar basura en el espacio público.
  • Invadir el carril de la ciclorruta, arrinconar u obstruir el paso de quien va en bicicleta.
  • Omitir la recogida de los excrementos de los animales, dejar que su mascota esparza la basura en el espacio público.
  • Impedir el ingreso o salida a servicios de transporte públicos a mujeres embarazadas, adultos mayores, personas con niños o en condición de discapacidad.
  • Empujar o agredir a las demás personas durante la entrada o salida del transporte público.
  • Consumir alimentos y bebidas dentro del servicio público cuando está prohibido.
  • Entrar y salir de las estaciones y portales por espacios no permitidos.

Multa General tipo 2: 8 SMDLV $196.720

  • Permitir que animales violentos estén deambulando sin control alguno por las calles, sin las medidas se seguridad establecidas en la ley.
  • Consumir bebidas alcohólicas en sitios públicos.
  • Pintar con grafitis las paredes.
  • Irrespetar a un policía.
  • Portar armas de fogueo o que parezcan reales en aglomeraciones.
  • Impedir el ingreso de perros lazarillos.

 

Multa General tipo 3: 16 SMDLV $393.440

  • Poner música con alto volumen en reuniones y fiestas que generen molestia.
  • Agredir a personas por cualquier medio.
  • Consumir bebidas alcohólicas dentro y cerca de centros educativos.
  • Poner música en espacios comerciales sin haber pagado los derechos de autor.
  • Instalar servicios públicos en inmuebles que hayan sido ocupados ilegalmente.
  • Promover, participar y patrocinar actividades de apuestas en cualquier reciento, que involucren animales, salvo las excepciones establecidas en la ley 84 de 1989.

 Multa General tipo 4: 32 SMDLV $786.880 

  • Orinar en la calle.
  • Agredir o causar daño por cualquier medio a un policía.
  • Contaminar o envenenar fuentes hídricas, recursos fáunicos y forestales.
  • Arrojar basura, llantas o escombros en el espacio público o en bienes de carácter público o privado.
  • Hacer uso indebido del número de seguridad y emergencia 123. *La multa se incluirá en la siguiente cuenta de cobro del celular desde el que se hizo la llamada.
  • Vender cigarrillos, licor o drogas a menores de edad.

De acuerdo al Art. 180 sobre multas ubicado en el libro tercero, título I, las multas deberán ser consignadas en las cuentas que la administración distrital o municipal disponga para ello. La persona que pague la multa dentro de los siguiente cinco (5) días hábiles a la expedición del comparendo, se le disminuirá el valor de la multa en un 50%.

Asimismo, a cambio del pago de la Multa General Tipo 1 y Tipo 2 la persona dentro de los siguientes 5 días hábiles solicitar a la autoridad de la Policía conmutar la multa por la participación en el programa comunitario o actividad pedagógica.

Es importante tener en cuenta que durante el primero año de la ley, las personas a las que se les imponga la Multas Generales Tipo 3 y 4 podrán tener un descuento del 25% sobre el valor de la multa por el pronto pago de la misma y siempre cuando dentro de los 5 días hábiles siguientes a la expedición del comparendo, la persona le solicite a la autoridad participar en actividades pedagógicas o en el programa comunitario.

Las personas que quieran consultar el nuevo Código de Policía podrán hacerlo de forma rápida con la aplicación “Código de Policía Colombia” por ahora disponible solo para Android, una de las características de esta aplicación es que luego de descargarla no será necesario la conexión a internet para su uso. En ella encontraran toda la información necesaria sobre las medidas correctivas aprobadas en el nuevo código, incluyendo toda la información sobre las multas.

― Anuncio ―

AVISO