La Sala de Justicia y Paz de Bogotá condenó a los exparamilitares José Baldomero Linares, Rafael Salgado Merchán, y José Delfín Villalobos (quienes integraban las Autodefensas del Meta y Vichada) tras hallarlos responsables por la comisión de más de 170 crímenes sexuales en contra de 58 mujeres y niñas en el departamento del Meta.
En dicha decisión se expusieron aberrantes delitos que fueron cometidos contra las víctimas quienes eran objeto de raptos o secuestros por control territorial, así como castigos, o violencia por su condición de mujeres que, en algunos casos, se negaron a ser las compañeras sentimentales de los mandos de las ACMV.
La crueldad de las Autodefensas Campesinas del Meta y Vichada contra las mujeres y niñas
Durante todo el documento, con ponencia de la magistrada Alexandra Valencia, se expusieron distintos casos que exponen de forma muy cruda la manera en que las mujeres fueron sometidas por los paramilitares en Puerto Gaitán y otros municipios.
Por ejemplo, en la decisión se retrató el caso de una niña de 16 años de edad -la gran mayoría de las víctimas eran menores de edad- que fue engañada para que ingresara a las filas del grupo armado y una vez allí fue abusada sistemáticamente.
Además, por negarse a ser la pareja sentimental del comandante urbano fue sometida a torturas y tratos sumamente crueles. Así como este, según el fallo, fueron varios casos con el mismo patrón de niñas reclutadas que fueron accedidas carnalmente, desnudez forzada y otras torturas.
Pero la violencia contra las mujeres en Puerto Gaitán y alrededores no solo fue desplegada con propósitos sexuales, sino también de humillación y control territorial. Durante las audiencias concentradas, expone el fallo, se conoció que distintas niñas fueron objeto de torturas como cortarles el cabello con machetes como castigo, y llamándolas “las calvas”.
“La víctima quien le fue cercenado su cabello, luego de retornar a su casa, debió usar una pañoleta que le cubriera su cabeza, pero que al transitar una de las calles de Puerto Gaitán, fue alcanzada por uno de sus agresores, quien al tiempo de señalarla e insultarla le arrebató la pañoleta para lanzársela contra el suelo. Todo esto en presencia de algunos transeúntes de aquel municipio” señala la decisión.
En su tesis, la Sala determinó investigar por aparte estos delitos con miras a que se garantizara justicia para las víctimas y también garantías de no repetición. Esto llevó a que los tres condenados admitieran su participación directa en varios de estos horrendos crímenes o aceptaran por cadena de mando.
“El modo de operación implementado, consistió en abordar las victimas en su lugar de residencia, estudio o trabajo, generalmente en el casco urbano del municipio de Puerto Gaitán, para citarlas mediante amenazas a la base paramilitar que tenían ubicada en el sitio conocido como Alto Neblinas, donde debían presentarse” expone la sentencia.
El capítulo brujería dentro de las Autodefensas de Meta y Vichada
De la mano de las propias confesiones de los postulados como José Baldomero Linares, coordinador del grupo para su desmovilización en 2005, la Sala conoció que dicho grupo acudía a rituales de brujería como “ser superior” que los protegería contra sus “enemigos”.
“En el caso de ACMV, fue el postulado JOSÉ BALDOMERO LINARES MORENO, quien expuso haber recurrido a practicantes de estos métodos, para que realizaran rituales que controlaran los comportamientos de quienes se decían víctimas de dichas descargas esotéricas” señala el fallo.
Las ACMV también asesinaron mujeres por meras sospechas de brujería que no eran tal. “La causa del homicidio lo fue por la creencia de los integrantes del grupo armado, respecto a que la víctima había padecido una especie trance esotérico que la hizo contorsionarse y ante lo inexplicable del momento decidieron su muerte violenta y su posterior inhumación” se lee.
Según lo expresado por la Sala, al citar decisiones de la Corte Suprema de Justicia, este tipo de delitos requieren una justicia pronta y específica “analizando la situación de indefensión de las víctimas y sus familias frente a las relaciones asimétrica de poder, el contexto de violencia múltiple al que son sometidas las víctimas, antes y después de que ocurren los hechos criminales y evitar la revictimización”.

