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Juzgado condena al Departamento de Arauca, la UAESA y al operador del PAE por intoxicación masiva de estudiantes en 2016

La sentencia de primera instancia declaró la responsabilidad administrativa y patrimonial de las entidades por la emergencia sanitaria que afectó a decenas de estudiantes tras consumir alimentos del Programa de Alimentación Escolar.

Diez años después de la intoxicación masiva que conmocionó al departamento, el Juzgado Administrativo de Arauca profirió sentencia de primera instancia dentro de la Acción de Grupo radicada No. 81-001-3331-001-2016-00308-00, declarando administrativa y patrimonialmente responsables al Departamento de Arauca, la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca (UAESA) y a la Unión Temporal Vital 2016 por los perjuicios ocasionados a estudiantes y sus familias.

La decisión judicial tiene su origen en los hechos ocurridos el 4 de abril de 2016, cuando varios estudiantes resultaron intoxicados tras consumir alimentos suministrados a través del Programa de Alimentación Escolar (PAE).

Según la sentencia, las pruebas microbiológicas practicadas durante la investigación confirmaron la presencia de las bacterias Staphylococcus aureus y Escherichia coli en los alimentos distribuidos a los menores.

El despacho también concluyó que el Departamento de Arauca tenía conocimiento previo de las deficiencias higiénico-sanitarias del operador del contrato, sin que se hubieran adoptado de manera oportuna las medidas necesarias para impedir que los alimentos contaminados fueran entregados a los estudiantes.

Como consecuencia, el juzgado condenó solidariamente a las entidades y al operador del PAE al pago de indemnizaciones por concepto de daño a la salud y perjuicios morales en favor de las víctimas directas e indirectas que acreditaron su participación dentro del proceso.

El fallo constituye un importante precedente sobre la responsabilidad de las entidades públicas y de los operadores contratistas en la prestación del Programa de Alimentación Escolar, al reiterar su obligación de garantizar la calidad e inocuidad de los alimentos suministrados a niños, niñas y adolescentes.

Invitan a más afectados a vincularse al proceso

De acuerdo con lo establecido en la Ley 472 de 1998 y con lo dispuesto por el despacho judicial, las personas que resultaron afectadas por la intoxicación masiva del 4 de abril de 2016 y que aún no hacen parte de la Acción de Grupo podrán ejercer los derechos previstos en la ley para solicitar su vinculación dentro de las oportunidades procesales correspondientes.

Por esta razón, se invitó a estudiantes, padres de familia y demás personas que sufrieron perjuicios con ocasión de estos hechos a buscar asesoría jurídica para conocer el alcance de la sentencia y verificar la posibilidad de hacer efectivos sus derechos.

Los interesados podrán obtener orientación con el equipo jurídico que representa a las víctimas, integrado por los abogados Luis Merardo Tovar Altuna y Danys José Galindo Quenza, a través de las líneas 316 823 6356 y 320 383 9032, respectivamente.

Cabe señalar que esta corresponde a una sentencia de primera instancia, por lo que aún podrá ser objeto de los recursos previstos por la ley antes de quedar en firme.

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