La Jueza Segunda Promiscua de Familia, Clara Eugenia Pinto Betancourt en una acción de tutela ordenó la entrega de los estados financieros de la Empresa EMAAR durante los años 2013 y 2014, así como el inventario del parque automotor.
Lo que llevó a que se interpusiera dicha acción de tutela por parte del concejal Daniel Alejandro Cruz Mejía, fue la negación reiterativa por parte de la empresa de aseo de EMAAR, de dar a conocer sus documentos contables para determinar el riesgo en que se encuentra dicha empresa, debido a su alto nivel de endeudamiento, incumplimiento de pago a los proveedores, deficiencia del parque automotor y la impuntualidad en el pago de los salarios a sus empleados.
Dicha información fue solicitada en el último control especial o político del tercer periodo de sesiones del concejo, donde fue denegada la solicitud aduciendo reserva legal de la documentación y la falta de competencia de la corporación para citarlos y exhibir la información objeto de la acción de tutela.
En virtud de ello, fue ordenado por el juzgado en un término de 48 horas se proceda a dar una respuesta al concejal Cruz Mejía y allegar el cumplimiento de lo ordenado a EMAAR S.A ESP.