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JEP acepta parcialmente propuesta del último secretariado de las FARC para emitir única sentencia

En octubre del 2024, a través de un comunicado, los antiguos miembros del Secretariado de las FARC renunciaron a la “presunción de inocencia” ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por los crímenes cometidos durante el conflicto armado con el fin de “acelerar el proceso judicial y demostrar el compromiso de los firmantes con la verdad”.

Bajo este orden de ideas, los exjefes de las FARC solicitaron al alto tribunal que establezca las sanciones propias y emita “una resolución única de conclusiones que agrupe todos los hechos atribuidos a los firmantes en los diferentes macrocasos”.

Este lunes 7 de abril, la JEP emitió un comunicado en el que mencionaron, según lo dispuesto por el artículo 79, literal m), de la Ley Estatutaria 1957 de 2019, que sobre esta solicitud, la Sala de Reconocimiento “también presentará en una sola resolución las conclusiones que sobre una misma persona obren en la Sala por las diversas conductas de las que se tenga conocimiento”.

“La expresión ‘una sola resolución’ contenida en el literal m, no impide la ampliación de las conclusiones sobre una misma persona a efectos de garantizar la atribución de responsabilidad por las diversas conductas de las que la SRVR tenga conocimiento, de acuerdo con su facultad de organizar sus tareas y fijar prioridades, de conformidad con el literal t de este mismo artículo”, añadieron.

Además, explicaron que si bien, “el punto 5.2. del Acuerdo Final de Paz, así como el artículo 79 de la Ley Estatutaria de la JEP, establecen que la Sala deberá presentar una sola resolución de conclusiones que agrupe todas las conductas imputadas, en el Auto TP-SeRVR-AI -No.003-2024″, la Sección de Reconocimiento sostuvo que la emisión de una resolución de conclusiones parcial no constituía una irregularidad, dadas sus facultades de selección y priorización, consubstanciales a la justicia transicional.

Por su parte, esta jurisdicción especificó que en concordancia con esta medida, la Sección de Reconocimiento procederá, una vez recibidas las ampliaciones a la Resolución Única de Conclusiones por compareciente, a realizar la evaluación respectiva, acumulando los hechos y patrones remitidos por la Sala.

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