Superintendente de Transporte, Aida Lucy Ospina, afirmó este lunes que el incremento a la gasolina de $200 que rige en el país, no puede ser una excusa de Coflonorte, ni de ninguna empresa de servicio intermunicipal en Colombia, para el alza de precios en el pasaje, cuando la gran mayoría de los vehículos que prestan este servicio utilizan como combustible el Diésel.
La funcionaria se pronunció en Caracol Radio, luego de la polémica por la resolución de la empresa Coflonorte que subió en $10.000 al pasaje de Tunja a Bogotá, cobrando un tiquete que antes valía $25.000 a $35.000, por el incremento a la gasolina.
“En el servicio público intermunicipal se aplica la libertad tarifaria, pero hay que analizar en ellos, cuál es la estructura de costos, cual es la justificación con los que ellos dieron al incremento y obviamente habrá que mirar que tanto calcularon ellos de impacto respecto al incremento de la gasolina y el parque automotor que ellos tienen, que circula y opera con combustible de gasolina y cuantos de Diésel “, dijo la funcionaria.
Sin embargo, aclaró que, el transporte público intermunicipal se aplica la libertad tarifaria, por lo tanto, las empresas pueden realizar ajustes en sus tarifas, siempre y cuando cuenten con todos los estudios y todas las estructuras de costos de ese servicio que prestan en esa ruta.
Explicó, que, si pueden subir sus tarifas, pero el incremento debe estar ajustado y justificado en una estructura de costos.
La Superintendente de Transporte, Aida Lucy Ospina, afirmó que la entidad a su cargo, puede entrar a investigar y sancionar, si establece que hubo un incremento en la tarifa que no se ajustó a las normas que regulan el tema.
“Es decir que si se llegara a establecer que hubo una violación a las normas de transporte específicamente aquellas que existen respecto de la tarifa, pueden ser sancionados”, manifestó Ospina.
Hay que señalar, que la libertad tarifaria consiste en que la empresa prestadora del servicio, tiene esa potestad de fijar ese costo del pasaje en un determinado trayecto. Esa es la libertad tarifaria.
La Superintedente dijo, que en temas puede haber tarifa regulada como el servicio de trabajo colectivo en los cascos urbanos de los municipios donde el alcalde fija la tarifa, es decir, tarifa regulada o puede haber una libertad tarifaria que es vigilada, donde el Ministerio de Transporte da unas directrices de que se debe tener en cuenta.