El Ministerio de Hacienda y Crédito Público de Colombia presentó un borrador de decreto que propone que las transacciones realizadas mediante billeteras digitales y pagos electrónicos como Nequi, Daviplata, Bre‑B y otras, queden sujetas a una retención en la fuente del 1,5 %, siempre que la operación constituye ingreso tributario para quien la recibe.
La iniciativa pretende equiparar el tratamiento tributario que actualmente tienen las compras con tarjeta débito y crédito con los pagos realizados a través de billeteras digitales como Nequi, Daviplata o Bre-B.
Se aclara que no aplicaría cuando la transferencia sea personal, sin contraprestación económica, o cuando el beneficiario sea una “persona natural no responsable del IVA”.
¿Cómo se aplica el cálculo?
Si asumimos que la transferencia de $2 millones de pesos colombianos se realiza mediante uno de estos servicios como Nequi o Daviplata, y que se trata de un pago por venta de bienes o servicios (es decir: ingreso tributario para quien lo recibe), entonces la retención del 1,5 % se aplicaría sobre ese monto de $2 000 000.
El cálculo sería el siguiente:
- Monto de la transferencia: $2.000.000
- Porcentaje de la retención: 1,5 %
- Valor de la retención: $2.000.000 × 0,015 = $30.000
- Por tanto, el receptor del dinero vería un abono neto de $1.970.000, tras descontar los $30.000 de retención.
¿Cuándo NO se aplicaría esta retención?
Si la operación es simplemente enviar dinero entre particulares sin venta de bienes o prestación de servicios (por ejemplo: regalar, transferir entre amigos).
Si quien recibe el pago es una persona natural no responsable del IVA (por ejemplo, un trabajador informal que no factura) y la operación no entra en régimen de IVA.
Si la transacción no constituye ingreso tributario para el receptor.
Impacto en el uso de las plataformas digitales
Analistas y gremios han advertido que esta medida puede generar efectos adversos:
Podría desincentivar el uso de medios de pago digitales y favorecer el retorno al efectivo, lo cual atenta contra la inclusión financiera.
Para pequeños comercios, la retención de 1,5 % puede significar una reducción relevante en sus márgenes si deben asumirla sin trasladarla al cliente.
El aumento del uso de las billeteras digitales ha sido notable en Colombia: solo en 2023 se registraron más de 54 millones de usuarios únicos, de acuerdo con cifras de Colombia Fintech. Por esa razón, estas plataformas se convierten en uno de los principales canales que serían alcanzados por la nueva regulación.
Si un comercio o profesional independiente recibe dinero a través de Nequi, Daviplata o Bre-B por una actividad económica, el pagador o la plataforma intermediaria deberá practicar la retención del 1,5 % sobre el valor total de la transacción.
Por otro lado, si la transferencia se realiza entre personas naturales sin relación comercial —por ejemplo, enviar dinero a un familiar— no habrá descuento alguno.

