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CNE amplía plazo para postular testigos electorales hasta el 5 de marzo

El Consejo Nacional Electoral amplió hasta el jueves 5 de marzo el plazo para que las agrupaciones políticas postulen a sus testigos electorales de...
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Gobierno expide decreto por restricciones previo a elecciones: lo que sí y lo que no está permitido

Estamos a una semana de comenzar la primera jornada de elecciones 2026. El próximo 8 de marzo se llevarán a cabo las elecciones de Congreso y de consultas presidenciales.

Para garantizar la seguridad y buen desarrollo de estas elecciones, el Gobierno nacional determinó una serie de medidas y restricciones que se aplicarán durante los días previos a la jornada electoral.

¿Qué se puede hacer y qué no se puede hacer previo a las elecciones?

Lo que se debe hacer:

  • Transmisiones, mensajes, programas o ruedas de prensa de los candidatos que estén bajo el respeto a la honra, al buen nombre y al equilibrio informativo.
  • Los electores pueden llevar el día de las votaciones un objeto muy pequeño que los identifique (medida máxima 10 centímetros por 5.5 centímetros), en el que se vea el partido o candidato al que participan.
  • Los testigos electorales podrán acercarse a los puestos de votación desde las. 7:00 AM y pueden permanecer allí hasta que terminen los escrutinios.
  • Si usted es un ciudadano que tiene una limitación o deficiencia física que le impide valerse por sí mismo, usted puede ejercer el derecho al voto acompañado de una persona hasta el cubículo de votación.
  • Los alcaldes podrán decretar toque de queda, según las condiciones de cada territorio, con el objeto de prevenir posibles alteraciones del orden público.
  • Los sistemas masivos de transporte y las empresas de transporte público que tengan rutas y frecuencias u horarios autorizados en las áreas urbanas, veredales e intermunicipales, están obligadas a prestar servicio público de transporte con mínimo el ochenta por ciento (80%) de su parque automotor en el día de elecciones durante las horas de votación. Solo podrán cobrar las tarifas fijadas por la autoridad competente.

Lo que no se puede hacer:

  • Durante el día de las elecciones (8 de marzo), no se podrá hacer propaganda electoral, programas de opinión ni entrevistas que busquen hacer promociones a candidaturas.
  • No puede haber carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir propaganda electoral
  • Desde este lunes, 2 de marzo, hasta el 9 de marzo, no se pueden hacer desfiles, manifestaciones o demás actos de carácter político en lugares públicos o cerrados.
  • Habrá cierre de los pasos terrestres y fluviales en la frontera, entre las 6:00 p.m. del sábado 7 de marzo hasta las 6:00 a.m. del lunes 9 de marzo.
  • No se puede usar el celular o alguna cámara en los puestos de votación. Los únicos que pueden hacer uso de este tipo de aparatos electrónicos son los medios de comunicación que deberán estar debidamente identificados. Solo lo podrán hacer desde las 8:00 AM hasta las 4:00 PM

¿Cómo funcionará la Ley Seca?

Según el decreto, los alcaldes deben prohibir la venta y consumo de bebidas alcohólicas desde las 6:00 PM del sábado 7 de marzo hasta las 12:00 PM del día lunes 9 de marzo.

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