Las Cámaras de Comercio, de conformidad con lo establecido en el artículo 143 de la Ley 1753 de 2015, son las encargadas de administrar el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranzas – RUNEOL.
El propósito de este registro es dar publicidad a las entidades operadoras de libranza o descuento directo, que cumplan con los requisitos para las inscripciones establecidas en la ley y a las cuales se les haya asignado el código único de reconocimiento a nivel nacional.
Este registro puede ser solicitado por las Cajas de Compensación Familiar, las personas jurídicas o patrimonios autónomos. Con el cumplimiento de dicho requisito, se busca conocer por parte de la empresa, si la entidad con la que pretende adquirir productos y servicios financieros o bienes y servicios, se encuentra inscrita como entidad operadora de libranza o descuento directo que ha obtenido el código único de reconocimiento.
Precisó la presidenta ejecutiva de la Cámara de Comercio de Arauca, Gisela Garcés Valdés, que el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o Descuento Directo, tendrá una vigencia anual y deberá renovarse dentro del período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, sin importar cuál hubiere sido la fecha de la inscripción inicial o renovación por parte del operador de libranzas o descuento directo.
Si el interesado no solicita la renovación del Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o Descuento Directo dentro del término establecido, este se cancelará automáticamente y cesarán sus efectos.
Para realizar la renovación el operador debe ingresar a través de internet ingresando por la página www.rues.org.co seleccionando el botón del Registro de Operadores de Libranza y posteriormente la opción RENOVAR. Si no conoce el número del Registro solicitado en dicha opción, podrá previamente utilizar la opción de CONSULTA.