Este proyecto de acto legislativo modifica el artículo 138 de la Constitución Política según el cual el primer período de sesiones ordinarias “comenzará el 20 de julio y terminará el 16 de diciembre; el segundo el 16 de marzo y concluirá el 20 de junio”.
Entonces, ¿cómo quedan conformados los periodos en el Congreso?
El período legislativo se llevará a cabo del 16 de febrero al 20 de junio y del 20 de julio hasta el 16 de diciembre, es decir, los congresistas contarán con un mes más para sesionar en el legislativo.
¿Qué iniciativas se podrán tramitar durante este periodo?
En este mes, del 16 de febrero al 16 de marzo, no se podrán tramitar leyes estatutarias ni reformas a la Constitución, esto con el fin de priorizar proyectos de ley ordinaria presentados por los congresistas.
¿Hay excepciones para esta modificación?
Durante el cuarto año legislativo, año en que se desarrollan las elecciones en el Congreso, el periodo legislativo se mantendrá sin modificaciones. Iniciará el 16 de marzo y concluirá el 20 de junio.
¿Cuándo entra en vigencia el nuevo receso legislativo?
Por tratarse de un proyecto de acto legislativo, las modificaciones al artículo 138 de la Constitución entrarán en vigencia a partir de su promulgación.