La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema ratificó que no se anula el proceso en contra del actual Mintrabajo, Antonio Sanguino, por el delito de tráfico de influencias en medio del “Carrusel de la contratación de Bogotá”.
La defensa de Sangino, pedía anular el proceso por indebida calificación jurídica, también por falta de claridad en las fechas y lugares donde ocurrió la supuesta conducta delictiva de tráfico de influencias del año 2009.
En primera instancia, la Corte negó esa solicitud porque la defensa no aportó información suficiente que acredite su pretensión. En su momento, la Corte indicó que la Fiscalía fue clara al puntualizar que:
“Otro objetivo de influencia: la adjudicación del contrato de la construcción de la nueva sede del Hospital de Usme y otros contratos de personal (…) El funcionario influenciado: sería Héctor Zambrano Rodríguez, secretario de salud (…) -Los hechos relacionados serían: reuniones llevadas a cabo el 28 de enero de 2009 en el restaurante “CARBON DE PALO BOGOTÁ”; el 18 de febrero de 2009; el 4 de marzo de 2009 en el restaurante “CARBÓN DE PALO EN BOGOTÁ”; el 30 de octubre de 2009 en el “CAFÉ JUAN VALDEZ DE LA CALLE 73 EN BOGOTÁ”; el 4 de noviembre de 2009 en el “RESTAURANTE CROCS EN BOGOTÁ”.
Con base en ello, la defensa apeló y le correspondió definir el caso a la Sala de Casación Penal en segunda instancia.
Al analizar el caso, la Sala concluyo que los alegatos de la defensa no pasan de ser una especulación.
“Una especulación acerca de un eventual desconocimiento de las garantías invocadas, que en su sentir podría llegar a producirse, pero que no constituye un acto cumplido con la virtualidad de demostrar una afectación real y cierta de las mismas. Con todo, un examen preliminar de la imputación fáctica y jurídica hasta ahora realizada por la Fiscalía permite descartar, por el momento, la invalidez de lo actuado por los motivos planteados por la defensa.”
Antonio Sanguino es investigado porque, cuando fue concejal de Bogotá, presuntamente influyó en la directora del Hospital de Usme para direccionar un contrato de obra hacia un contratista y esa conducta, para la Fiscalía, encaja en el delito de tráfico de influencias de servidor público.

