La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció nuevos plazos para la presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2024, medida tomada como respuesta a una contingencia técnica que afectó los servicios informáticos de la entidad durante varios días del presente mes de mayo.
La decisión se formalizó mediante la Resolución 000213 del 23 de mayo de 2025, que fue publicada oficialmente hoy por la DIAN y busca garantizar que todos los contribuyentes afectados por la falla tecnológica tengan el tiempo suficiente para cumplir con esta importante obligación tributaria.
¿Cuál es el plazo para presentar la información exógena en 2025?
La resolución ya expedida cobija a grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales que debían presentar esta información en los días en que ocurrieron las fallas. De acuerdo con el nuevo cronograma, los grandes contribuyentes cuyos NIT terminan en los dígitos 9 y 0 —con fechas de vencimiento inicialmente previstas para el 12 y 13 de mayo— tendrán como nueva fecha límite el próximo 28 de mayo.
Por su parte, los demás contribuyentes, tanto personas naturales como jurídicas, deberán presentar la información exógena según el siguiente calendario, que se establece de acuerdo con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT):
Del 01 al 10: 28 de mayo de 2025
Del 11 al 20: 3 de junio de 2025
Del 21 al 30: 4 de junio de 2025
Del 31 al 40: 5 de junio de 2025
Del 41 al 50: 6 de junio de 2025
Del 51 al 60: 9 de junio de 2025
Del 61 al 70: 10 de junio de 2025
Del 71 al 80: 11 de junio de 2025
Del 81 al 90: 12 de junio de 2025
Del 91 al 00: 13 de junio de 2025
La DIAN hizo un llamado a los contribuyentes para que consulten la Resolución 000213 de 2025, disponible en el sitio web oficial de la entidad (www.dian.gov.co), donde encontrarán el texto completo y todos los detalles técnicos y operativos necesarios para cumplir con la entrega de esta información.
Ante las dudas, revise bien la información, compare la fecha inicial que usted tenía para presentar su información exógena y la nueva que está dando la entidad.
¿Por qué se tomó la decisión?
Según informó la entidad, entre el 12 y el 22 de mayo se presentó una interrupción en sus plataformas digitales, situación que fue certificada por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología.
Durante ese periodo, los contribuyentes experimentaron dificultades para acceder a los servicios en línea de la DIAN, lo que imposibilitó en muchos casos el cumplimiento oportuno de los vencimientos inicialmente programados para la entrega de información exógena.
Desde la Dirección de Impuestos se reiteró que el objetivo principal de esta medida es facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de quienes se vieron perjudicados por la caída de los sistemas digitales y evitar posibles sanciones o contratiempos derivados de una situación fuera del control de los usuarios.