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Declaración de renta 2023: ¿qué pasa si la presenta después de la fecha límite? 

En el segundo semestre de 2023 se cumple el plazo para que las personas naturales declaren y paguen la renta correspondiente al año gravable 2022 ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Así las cosas, tenga en cuenta que deberá presentar su declaración desde el próximo 9 de agosto hasta el 19 de octubre de 2023.

Así las cosas, las personas naturales deberán suministrar información detallada respecto a sus ingresos, ganancias, salarios y comisiones obtenidas durante el año gravable 2022, así como compras, gastos, propiedades, entre otros datos que permitan determinar su situación financiera. 

¿Quiénes deben declarar renta en 2023? 

  • Aquellas personas con un patrimonio bruto al término del año gravable 2022 igual o superior a 171′018.000 pesos.
  • Los que tengan Ingresos totales del respectivo ejercicio iguales o superiores a 53′206.000 pesos
  • Consumos mediante tarjeta de crédito iguales o superiores a 53′206.000 pesos
  • Compras y consumos con un valor total igual o superior a 53′206.000 pesos
  • Un valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras igual o superior a 53′206.000 pesos 

¿Qué pasa si no presenta la declaración de renta a tiempo? 

En caso de presentar su declaración de renta fuera de la fecha límite, tendrá que pagar una sanción por extemporaneidad. Este monto equivale al 5% de su impuesto a cargo y aumenta por cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha limite de vencimiento y la fecha en la cual se presente la declaración de renta. Lo anterior, según lo estipulado en el Artículo 641 del Estatuto Tributario. 

Por ejemplo, en caso que su declaración no arroje un valor a pagar, la sanción se calculará por el 0.5% de sus ingresos brutos. En todo caso, la sanción mínima que está estipulada para el 2023 es de $424.000 así su declaración arroje valor a pagar de cero. 

Errores comunes al momento de declarar renta 

Pese a que la declaración de renta se realiza todos los años, persisten múltiples errores que generan que las personas deban repetir el proceso. Estos son los más frecuentes: 

Por un lado, si en su declaración ingresa información errada y esto influye en el cálculo del impuesto a pagar, deberá corregirla y presentarla de nuevo. A su vez, tendrá que asumir una sanción del 10% del valor del impuesto que se dejó de liquidar inicialmente por error. 

Ahora bien, en caso que la corrección sea pedida por la DIAN, la sanción será del 20% del impuesto que se dejó de liquidar. 

Por otro lado, también se han presentado casos en donde la ciudadanía no realiza el pago. 

Entre tanto, también se han fijado que las personas suelen confundir el número de verificación de la página de la DIAN. 

Otro punto a considerar, es que la gente suele olvidar que puede hacer uso de la retención en la fuente, que es el recaudo anticipado del impuesto. 

Finalmente, es recurrente que las personas no declaren porque no saben que deben hacerlo, por lo cual, vital informarse sobre el tema.

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