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Consejo de Estado anuló personería jurídica del partido de Daniel Quintero

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El Consejo de Estado dio a conocer esta decisión en un fallo de 39 páginas en el que señala que este movimiento político “INDEPENDIENTES”, del ex alcalde de Medellín, Daniel Quintero, no tuvo en realidad votos en las elecciones al congreso del año 2022, ya que no se debían contar los votos que recibieron Álex Florez al senado y David Toro a la Cámara de Representantes por el departamento de Antioquia porque estos dos políticos se presentaron por la coalición del Pacto Histórico.

El alto tribunal concluyó que el acto demandado incurrió en infracción de norma superior y en falsa motivación.

En cuanto lo primero, señaló que la decisión del Consejo Nacional Electoral desconoció el contenido del artículo 108 Constitucional, particularmente, en cuanto hace a la exigencia de demostrar un apoyo ciudadano no inferior al 3 % de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional para las elecciones al Senado de la República o Cámara de Representantes.

Refirió que, contrario a lo sostenido en el acto demandado, dicho requisito no puede flexibilizarse (i) con fundamento en el acuerdo de paz suscrito con la extinta guerrilla de las FARC, ante la falta de valor normativo del mismo; (ii) considerando que “Independientes” adhirió a las listas de candidatos presentados por el «Pacto Histórico», en tanto dicho actuar no es permitido a los grupos significativos de ciudadanos; y (iii) no puede acreditarse con la votación obtenida en certámenes electorales diferentes a los expresamente consagrados en la norma superior.

 


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