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¿Cuál es el camino para convocar una Asamblea Nacional Constituyente?

El ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, publicó el borrador del proyecto de ley que sería presentado al Congreso para comenzar el trámite y convocatoria de una nueva Asamblea Nacional Constituyente para hacer una “reforma total” a la Constitución de 1991.

“A diferencia de 1990, cuando fue a través de una gran movilización social que se convocó a una Asamblea Nacional Constituyente, la Constitución de 1991, lo podemos ver el artículo 376, establece cuáles son los procedimientos para que ésta sea convocada”, comenzó precisando la directora de la Misión de Observación Electoral, Alejandra Barrios.

Lo primero en definir es el origen de la propuesta: si será de iniciativa Gubernamental, Congresional o ciudadana. Según Barrios, “de acuerdo a lo que escuchamos el día de hoy, el ministro de Justicia y el presidente de la República han optado por una de las vías que se conoce como iniciativa popular legislativa. ¿Esto qué significa? Que tienen una propuesta de ley que debe señalar cuáles son las competencias y los límites de la Asamblea; es decir, sobre qué temas va a ser, sobre toda la Constitución, sobre algunos temas en específico, cuánto es el número de delegatarios de personas que van a ser parte, cuál es su forma de elección, de dónde provienen, cuál es la fecha de inicio y cuál es el periodo”.

Es decir, añadió la directora de la MOE que se inclinarían por esta última opción: “lo que señala el presidente de la República es que va a iniciar todo un proceso de consulta frente a esta ley para que se hagan modificaciones, de recomendaciones. ¿Qué es lo que viene rápidamente? Primero, se requiere entonces inscribir un comité de recolección de firmas ante la Registraduría, que tiene que salir a recoger al menos un millón cien mil firmas, más o menos, que es el cinco por ciento del censo electoral”.

Este es el paso para convocar una Asamblea Nacional Constituyente

Independientemente de su origen, el primer paso formal para esta iniciativa es la radicación en el Congreso del proyecto de ley que ha dado a conocer el MinJusticia. En el legislativo tendría el trámite de un proyecto de ley estatutaria, es decir: 4 debates que debe superar con mayoría absoluta, que es la mitad + 1 de la totalidad de miembros de cada corporación.

De igual forma, en caso de lograr la aprobación entre Senado y Cámara, pasará a una revisión de la Corte Constitucional, que se pronunciará sobre la constitucionalidad de la propuesta y determinará si se puede o no llamar a las urnas.

El siguiente paso es esa convocatoria a la ciudadanía para que, a través del voto, se exprese y diga si está de acuerdo con este mecanismo. Este llamado se hará entre los 2 y 6 meses siguientes a la revisión constitucional. Ya en las urnas, para que la Asamblea sea aprobada, deberá alcanzar al menos una tercera parte de los integrantes del censo electoral votando por el Sí.

En caso de que se logre la aprobación electoral, el siguiente paso será la elección de los integrantes de esta Asamblea, que dice el Gobierno serían 71 en total. Para este paso se volverá a convocar a las urnas en un nuevo periodo de entre 2 a 6 meses.

Cuando quede oficialmente conformada la Asamblea, se suspenderá la facultad ordinaria que tiene el Congreso de la República para reformar la Constitución. Esto aplicará durante el tiempo de existencia que tenga determinado la Asamblea Nacional Constituyente.

La Asamblea solo podrá deliberar y aprobar propuestas en torno a los temas de competencia que sean planteados con anterioridad, desde el proyecto de ley y en el tarjetón de las urnas. Es posible que se vuelva a convocar a la ciudadanía, ahora para que apruebe el nuevo texto o reformas constitucionales a través de un referendo.

Todo el trámite, según estimaciones de la directora de la MOE, tardaría en el mejor de los casos entre un año y un año y medio. En materia electoral, además, será un reto conseguir un puntaje tan alto, si se tiene en cuenta que, por ejemplo, el presidente Petro alcanzó un total de 11,291.986 votos en la segunda vuelta presidencial. Se deben obtener más de dos millones de votos adicionales.

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