Con 5 votos a favor y 4 en contra, la Corte Constitucional despenalizó totalmente el aborto hasta la semana 24 de gestación (seis meses), con ponencia de los magistrados Antonio José Lizarazo y Alberto Rojas Ríos. Los votos a favor de la despenalización fueron los de los magistrados Alberto Rojas, Diana Fajardo, José Fernando Reyes y del conjuez Julio Andrés Ossa. Por su parte, los votos en contra los aportaron las magistradas Cristina Pardo, Paola Meneses y Gloria Stella Ortiz, así como el magistrado Jorge Enrique Ibáñez
En la decisión, el Alto tribunal recalcó que después de este tiempo se permitirá el aborto bajo las tres circunstancias ya establecidas en la sentencia C- 355 de 2006, que permite el aborto en caso de violencia sexual, malformación del feto o riesgo de vida o salud mental de la madre.
La Corte ha enfatizado que las interrupciones del embarazo que se den por fuera del periodo establecido, que son 24 semanas y que no estén soportadas en las tres causales ya mencionadas, serán juzgadas por el artículo 122 del código penal que impone cárcel, de uno a tres años, a las mujeres que practiquen aborto.
Asimismo, el Tribunal Constitucional exhortó al Congreso a adoptar una regulación integral, sujeta a límites de Estado laico, derechos fundamentales, no regresividad y derecho penal ultima ratio.
Si bien el fallo de la Corte es inmediato, solo será efectivo hasta que se expida un comunicado oficial en el que presente las determinaciones que se tomaron en la reunión extraordinaria.
En ese comunicado la Sala explicará los parámetros al Ministerio de Salud, los salvamentos de voto y las regulaciones que se consideren necesarias. Se espera que este comunicado salga antes de terminar la semana.