El Consejo de Estado había quitado esta figura a la agrupación política en agosto del 2024 y ahora la Corte Constitucional, revoca la decisión para amparar el derecho al debido proceso de este movimiento político.
La Corte ordenó que la Sección Quinta del Consejo de Estado deberá revisar de nuevo la legalidad en cuanto al reconocimiento de la personería jurídica, teniendo en cuenta que la agrupación política ‘En Marcha’ hizo parte de la coalición política Alianza Verde y Centro Esperanza y suscribió para ello un acuerdo de coalición. Además, tenía registro ante el Consejo Nacional Electoral como movimiento político sin personería jurídica.
Finalmente, según el comunicado “La Corte exhortó al Congreso de la República para que expida con carácter prioritario la regulación ordenada por el inciso 5 del artículo 262 de la Constitución Política, en especial, en lo relativo a la inscripción de candidatos y listas propias o de coalición a cargos uninominales o a corporaciones públicas”.