El incidente de desacato se abrió por incumplir las órdenes relacionadas con el reajuste a la UPC, es decir, el valor que el Estado transfiere a las EPS por cada afiliado. Producto de ese incumplimiento, el alto Tribunal compulsó copias a la Fiscalía y a la Procuraduría por las omisiones.
Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, hizo una evaluación sobre las instrucciones y concluyó que persisten deficiencias estructurales financieras del sistema, la disponibilidad de medicamentos, la oportunidad en la atención, la articulación institucional, la actualización y calidad en la información y en los mecanismos de participación y vigilancia.
La Sala de Seguimiento evidenció varios indicadores tales como: Incremento en las acciones de tutela; quejas por medicamentos y desfinanciamiento del sistema.
Para el Tribunal Constitucional, resulta preocupante que más del 80% de las órdenes estructurales continúa sin cumplirse y esa situación conlleva a un deterioro progresivo del sistema de salud.
La Corte Constitucional le da 48 horas al ministerio de Salud para que responda a los requerimientos del alto tribunal, esto es, que acredite técnicamente la suficiencia del valor de la unidad de pago por capitación UPC en los regímenes contributivo y subsidiado, de acuerdo a los estándares fijados por la Corte Constitucional.
A partir del auto de hoy, da un plazo de tres meses para formular y remitir un plan inmediato de acciones en salud.
Ordena a la Superintendencia Nacional de Salud que, en el marco de sus competencias, adopte un rol activo y verificable en el control del uso de los recursos por parte de las EPS

